La sentencia que reconoció el derecho a una licencia de maternidad de 14 semanas todavía no se refleja de manera generalizada en las instituciones. Así lo advirtió Mayra Tirira Rubio, directora ejecutiva de Surkuna, quien aseguró que la mayoría de mujeres que han solicitado este beneficio continúa encontrando obstáculos, pese a que la Corte Provincial de Pichincha ordenó al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) adecuar su normativa.
“Sabemos de muy pocos casos donde sí se ha concedido de forma espontánea y, en la gran mayoría, se ha negado esta posibilidad, incluso de forma verbal y no escrita”, afirmó.
La organización ha comenzado a acompañar y monitorear casos de mujeres embarazadas que buscan acogerse a este derecho. Ante las negativas, recomienda presentar solicitudes formales al IESS y a los empleadores y, de ser necesario, recurrir nuevamente a acciones de protección mientras el Instituto cumple con la sentencia.
Para Tirira, esta situación evidencia que el peso de garantizar el cumplimiento del fallo sigue recayendo sobre las propias trabajadoras.
Un fallo que busca beneficiar a todas las trabajadoras
El origen del caso se remonta a 2024, cuando Tirira solicitó al IESS el reconocimiento de las 14 semanas de licencia previstas en el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, la institución únicamente le concedió las 12 semanas contempladas en el Código del Trabajo, por lo que presentó una acción de protección con el acompañamiento jurídico de Surkuna.
Aunque la demanda fue rechazada en primera instancia, la Corte Provincial de Pichincha revocó esa decisión y concluyó que debía aplicarse el estándar internacional más favorable. El tribunal determinó que el IESS vulneró varios derechos constitucionales y ordenó reconocer las dos semanas adicionales, además de adecuar su normativa en un plazo de 60 días para evitar que otras mujeres deban acudir a la justicia por el mismo motivo.
“El Convenio 183 de la OIT reconoce un plazo mínimo de 14 semanas. Lo que pedimos fue que se aplique el estándar internacional más favorable”, explicó Tirira.
La directora de Surkuna enfatizó que el objetivo del fallo nunca fue resolver únicamente su caso.
¿Por qué prevalece un convenio internacional?
Uno de los principales argumentos de la sentencia fue la aplicación del denominado bloque de constitucionalidad, principio que permite aplicar directamente los tratados internacionales de derechos humanos cuando ofrecen una mayor protección que la legislación nacional.
Según Tirira, el Convenio 183 de la OIT cumple esas condiciones al establecer un mínimo de 14 semanas de licencia de maternidad, por lo que la Corte aplicó el estándar más favorable para proteger los derechos de las mujeres embarazadas y sus hijos durante el puerperio y la lactancia.
Más que dos semanas adicionales
Para Surkuna, la discusión no se limita a ampliar el tiempo de descanso tras el parto. La organización sostiene que el puerperio es una etapa de recuperación física, hormonal, emocional y psicológica que requiere una protección adecuada tanto para la madre como para el recién nacido.
El siguiente paso: una reforma legal
Mientras el IESS tiene plazo hasta septiembre para adecuar su normativa interna, Surkuna considera que el precedente judicial debe consolidarse mediante una reforma legal.
Tirira hizo un llamado a la Asamblea Nacional para que aproveche el debate de las reformas al Código del Trabajo e incorpore expresamente las 14 semanas de licencia por maternidad.
Para la organización, incorporar este estándar en la ley evitaría que las trabajadoras deban seguir recurriendo a procesos judiciales para acceder a un derecho que ya fue reconocido por la justicia.
El contraste con el sector empresarial
La decisión judicial también ha generado cuestionamientos desde algunos gremios empresariales, que sostienen que una ampliación de la licencia debería ser discutida mediante una reforma legal y acompañarse de estudios sobre su impacto económico y laboral.
Otro de los argumentos planteados es que una extensión del permiso podría afectar la contratación de mujeres en edad reproductiva.
Frente a ello, Tirira rechazó esa posibilidad y sostuvo que impedir o limitar el acceso al empleo por razones de maternidad constituiría una práctica discriminatoria.
“Los cuidados nos competen a todas y a todos. No solamente a las mujeres”, afirmó.
Radio Pichincha
LV