El Proyecto de Ley Orgánica del Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional, que actualmente pasó el primer debate y se tramita en la Asamblea Nacional, propone un cambio clave en las condiciones de jubilación para los servidores policiales. El eje central de la propuesta establece que, para acceder al Seguro de Retiro, los uniformados deberán cumplir un mínimo de 25 años de servicio activo y efectivo, equivalentes a 300 cotizaciones mensuales.
Esta medida, que busca cumplir con los parámetros de sostenibilidad financiera exigidos por la Corte Constitucional en la Sentencia No. 83-16-IN/21, representa una extensión del tiempo de carrera profesional frente a regímenes anteriores.
Escala progresiva: ¿Cómo afecta a los policías actuales?
Para evitar una afectación abrupta a quienes ya forman parte de la institución, el proyecto incluye una Disposición Transitoria Tercera que establece un cronograma de transición basado en el tiempo de aportación actual de cada servidor.
Es decir, el impacto de la reforma dependerá directamente de los años de aportación efectiva que el servidor policial registre a la fecha de entrada en vigencia de la nueva ley. El esquema de transición se divide de la siguiente manera:
- Policías con más de 20 años de servicio: Podrán acogerse al retiro voluntario en cualquier momento bajo las condiciones de la ley anterior.
- Servidores con 19 años aportados: quienes tengan entre 19 años y 19 años con 11 meses de servicio, deberán completar 21 años para el retiro.
- Servidores con 18 años aportados: quienes registren entre 18 años y 18 años con 11 meses, requerirán un tiempo mínimo de 22 años.
- Servidores con 17 años aportados: para este grupo (hasta 17 años con 11 meses), el requisito sube a los 23 años de servicio.
- Servidores con 16 años aportados: aquellos uniformados entre los 16 años y 16 años con 11 meses de aportación deberán cumplir 24 años para retirarse.
- Nuevas generaciones y menos antiguos: todo servidor policial que cuente con 15 años con 11 meses o menos de tiempo efectivo de aportación estará sujeto al nuevo estándar general de 25 años de servicio.
Retiro forzoso y coeficientes de cálculo
A diferencia del retiro voluntario, el retiro forzoso se activa de manera excepcional cuando el servidor policial acredita un mínimo de 240 cotizaciones mensuales (20 años) de servicio activo y efectivo. Según el artículo 38 de la propuesta, este beneficio se otorga exclusivamente en tres escenarios legales:
- Falta de vacante orgánica: cuando el uniformado no puede continuar con su carrera profesional debido a la inexistencia de cupos en la estructura institucional.
- Muerte presunta: declarada oficialmente por una autoridad competente, en cuyo caso el beneficio se transfiere a los derechohabientes.
- Sentencia condenatoria: cuando el servidor recibe una condena judicial derivada de actos de servicio en el ejercicio de sus funciones.
Por otro lado, el artículo 40 del proyecto establece una tabla de coeficientes progresivos que se aplican sobre la base de cálculo de la pensión, dependiendo estrictamente del tiempo de aportación activa y efectiva. La escala comienza con el 70% para quienes cumplen 20 años y escala anualmente hasta alcanzar el 100% al llegar a los 30 años o más de servicio.
La progresión se detalla de la siguiente manera:
- 20 años: 70%.
- 25 años: 85%.
- 30 años o más: 100%.
Además, el proyecto estipula que por cada mes adicional de aportación que no complete un año entero, se aplicará un coeficiente proporcional de 0,0025.
Aplicación técnica y sostenibilidad
Los coeficientes fijados para el rango de 20 a 24 años son los que se utilizarán específicamente tanto para el periodo de transición como para los casos de retiro forzoso. Es importante destacar que, para establecer la pensión, también se aplica un factor regulador actuarial del 85% sobre el promedio de las mejores remuneraciones registradas.
Ahora, el sustento de esta reforma radica en la crítica situación demográfica y financiera del Isspol. Según los estudios actuariales presentados ante la Comisión de Derecho al Trabajo, el desequilibrio muestra que en 2012 existían siete afiliados activos por cada pensionista, pero para 2023 esa relación cayó a menos de dos a uno.
Asimismo, el Seguro de Retiro, Invalidez y Muerte (RIM) proyecta un déficit de USD 730 millones, lo que obligaría a agotar el patrimonio hacia el año 2055 si no se aplican correctivos como la extensión del tiempo de servicio y el ajuste de aportes.
El martes 21 de julio de 2026, el Pleno de la Asamblea Nacional debatió ese informe con seis intervenciones, en su mayoría de oficialistas. Tras la discusión, el documento regresó a la comisión para la elaboración del informe para segundo debate.
Radio Pichincha
LV