Fiscalía sostiene que la prueba no acredita responsabilidad de Priscila Burneo en caso Sinohydro

 Durante sus alegatos de clausura dentro del caso Sinohydro, el fiscal general del Estado (e), Carlos Leonardo Alarcón, se refirió a la situación jurídica de Priscila Burneo Patiño y sostuvo que la valoración integral de la prueba practicada no permitió acreditar, más allá de toda duda razonable, que haya intervenido dolosamente en el presunto esquema de corrupción investigado.

Pruebas insuficientes

Alarcón indicó que los elementos incorporados durante el juicio por presunto cohecho en el caso Sinohydro no permitieron demostrar que Burneo haya colaborado, con voluntad o conocimiento, en la canalización de sobornos relacionados con la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.

Según expuso, la prueba analizada se limita a su situación jurídica individual y no modifica las premisas planteadas respecto de los demás procesados.

El fiscal señaló que las transferencias recibidas por Priscila Burneo desde Comercial Recorsa, de propiedad de su abuelo Conto Patiño, fueron justificadas como valores reembolsables correspondientes a gastos médicos.

En ese sentido, afirmó que la prueba practicada no permitió establecer una conducta destinada a facilitar pagos indebidos.

Fiscal asegura que Burneo no intervino en decisiones societarias

Dentro de su exposición, Alarcón también se refirió a la estructura empresarial analizada en el proceso y manifestó que Recorsa no permitió determinar que Burneo haya tenido una participación autorizada dentro de dichas compañías o que haya intervenido en las decisiones societarias relacionadas con el esquema investigado.

Añadió que la mujer recibió una herencia relacionada con compañías pertenecientes a la familia Patiño.

Sin embargo, Alarcón indicó que esta circunstancia no elimina la posibilidad de que pudiera haber tenido conocimiento de lo que ocurría dentro del núcleo empresarial, aunque aclaró que la prueba no permitió acreditar una participación penalmente relevante en el delito acusado.

El fiscal explicó que la valoración integral de los elementos presentados tampoco desvirtuó la existencia de una reforma al objeto social de Comercial Recorsa, aspecto en el que, según señaló, sí aparecen otros comparecientes vinculados a la estructura investigada y a las responsabilidades atribuidas a los demás procesados.

El testimonio de Burneo

Durante el juicio, el 2 de julio de 2026, Burneo rindió testimonio ante el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia, integrado por los jueces Manuel Cabrera (ponente), Julio César Inga y Daniella Camacho.

En su declaración explicó que nunca desarrolló una actividad laboral independiente y que se dedicó al cuidado de sus hijos, dependiendo económicamente de su esposo.

La procesada relató que mantenía una relación cercana con sus abuelos, Conto Patiño y Beatriz Herdoíza, y afirmó que las transferencias observadas por la Fiscalía correspondían al reembolso de gastos médicos, hoteles, pasajes aéreos y vehículos que ella asumió durante tratamientos médicos en el exterior en distintos períodos.

Burneo sostuvo que la Fiscalía le atribuía haber recibido alrededor de USD 70.000 provenientes de Recorsa, pero afirmó que la institución conocía desde el inicio que esos valores correspondían a devoluciones de gastos. Durante su intervención, negó haber entregado dinero a funcionarios públicos.

“Estoy aquí solo por ser nieta de una persona, por haber heredado acciones. Hasta hoy no he escuchado a quién entregué el dinero que dicen que fue para cohecho. No he entregado dinero a ningún funcionario público”, manifestó ante el Tribunal el 2 de julio pasado.

La defensa de Burneo, encabezada por el abogado Felipe Rodríguez, sostuvo que la acusación general contra la familia Patiño no establece cómo se habría distribuido el dinero atribuido al supuesto esquema de corrupción y que, en el caso de su defendida, los valores corresponden a reembolsos de gastos que constan en los peritajes.

Una vez culminen los alegatos, el Tribunal deberá valorar si la prueba presentada durante el juicio permite determinar responsabilidades individuales dentro del caso Sinohydro y establecer si los elementos incorporados alcanzan el estándar requerido para una sentencia.

Para la Fiscalía, entre 2009 y 2018 habría operado un núcleo empresarial organizado que presuntamente recibió pagos indebidos para favorecer a la empresa china Sinohydro en la ejecución del proyecto Coca Codo Sinclair. Según la acusación, los pagos alcanzarían los USD 76,1 millones.

El Tribunal suspendió la diligencia, la misma que se reinstalará a las 14:45.

Radio Pïchincha

LV

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