La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que el Pleno analiza los alcances de la protección jurídica de la obra de Frida Kahlo. El caso en cuestión debate si un decreto puede impedir la salida definitiva del país de piezas que pertenecen a privados.
En un comunicado, la SCJN detalló que el Pleno reasumió su competencia para resolver si el decreto que protege toda la obra de Frida Kahlo puede frenar su salida de México “incluso cuando pertenece a particulares”, o si esa restricción excede lo previsto en la ley. El caso se tramitó como la Solicitud de Reasunción de Competencia 126/2026.
Decreto de 1984 prohíbe la exportación de la obra de Frida Kahlo

Según información del Senado de la República, el 18 de julio de 1984, el presidente Miguel de la Madrid publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que declaró monumento artístico toda la obra de Frida Kahlo Calderón. La protección abarca obras de caballete, obra gráfica, grabados y documentos técnicos, sin importar si son propiedad de la nación o de particulares.
El artículo 6 del decreto establece:
“Queda prohibida la exportación de las obras de la artista Frida Kahlo Calderón. En casos excepcionales el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar la exportación temporal de las obras, atendiendo a la conveniencia de la difusión de la cultura nacional en el extranjero, siempre y cuando no se comprometa su integridad y se otorguen garantías confiables para asegurar su retorno.”
Además, el documento impone otras dos obligaciones. El artículo 7 señala que el INBAL “deberá procurar, por todos los medios a su alcance, la repatriación de las obras de Frida Kahlo Calderón que se encuentran en colecciones de particulares en el extranjero”. El artículo 3 ordena que cualquier operación relacionada con esas obras conste en escritura pública, incluyendo cambios de propiedad y desplazamientos temporales.
11 pinturas de Frida Kahlo en la Colección Gelman concentran el reclamo
La preocupación se centra en 11 pinturas de Frida que forman parte de la Colección Gelman, un conjunto de aproximadamente 220 obras. De ese total, 28 tienen Declaratoria de Monumento Artístico, y las piezas de la pintora representan el segundo acervo más grande de la artista en el mundo.
Originalmente, la Colección Gelman fue reunida por Jacques y Natasha Gelman desde la década de 1940. Incluye obras de Frida Kahlo, Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros, José Clemente Orozco, María Izquierdo, Rufino Tamayo y otros exponentes del arte mexicano del siglo XX.
Se plantea que el problema no es solo museográfico, sino jurídico. La salida prolongada de las obras podría vaciar de contenido la protección que el Estado mexicano impuso sobre la producción de Kahlo.
Acuerdo con Santander abrió dudas sobre la temporalidad de la salida

En enero de 2026, el Banco Santander anunció un acuerdo de “gestión a largo plazo y renovable” con la familia Zambrano, actual propietaria de la serie desde 2023. A raíz de este convenio, el acervo pasó a denominarse “Colección Gelman Santander” y se exhibe desde junio de 2026 en el Faro Santander, en España.
Daniel Vega Pérez, director del recinto, declaró a medios españoles que la legislación mexicana es “flexible” y que la renovación de permisos temporales de exportación constituye “un mero trámite”.
El pasado 10 de marzo, un grupo de 110 integrantes de la comunidad cultural firmó una carta abierta para expresar su preocupación por la falta de transparencia en los acuerdos vinculados con la colección.
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Fuente: Infobae