Con 139 votos, la Asamblea aprueba la nueva Ley de Extradición: así será la entrega de ecuatorianos y extranjeros requeridos por la justicia

La Asamblea Nacional aprobó con 140 votos a favor y una abstención la nueva Ley Orgánica de Extradición. Este cuerpo legal surge como una respuesta al incremento del crimen organizado y la obsolescencia de la normativa vigente desde el año 2000.

El proyecto, que fue socializado con expertos nacionales e internacionales, busca agilizar los procedimientos y reducir los altos índices de impunidad, los cuales se reflejan en que solo el 34.78% de las solicitudes de extradición activa bajo el régimen anterior terminaron con la entrega efectiva del requerido.

Votación del informe para segundo debate del Proyecto de Ley de Extradición.

Puntos clave de la reforma

La nueva ley se estructura bajo ocho ejes fundamentales que modernizan el sistema de justicia:

  • Extradición de ecuatorianos: en cumplimiento del referéndum de abril de 2024, la ley habilita la extradición de nacionales bajo condiciones y requisitos específicos. Es importante destacar que se establece una cláusula de irretroactividad, impidiendo la extradición por hechos cometidos antes del 9 de mayo de 2024.
  • Delimitación de competencias: la Corte Nacional de Justicia se ratifica como la autoridad central encargada de la fase jurisdiccional, mientras que la vía diplomática (Cancillería) será el canal obligatorio para la documentación.
  • Dualidad del proceso: el sistema reconoce dos etapas: una judicial, donde la Corte decide la procedencia legal, y una política, en la cual el Presidente de la República tiene la facultad final de conceder o negar la entrega por razones de soberanía o seguridad nacional.
  • Plazos estrictos y agilidad: se establecen términos definidos para evitar dilaciones. Tras una detención urgente, el Estado requirente tiene 60 días para formalizar el pedido. Una vez concedida la extradición, el país solicitante cuenta con 30 días para ejecutar el traslado de la persona.
  • Garantías y prohibiciones: la ley prohíbe taxativamente la extradición por delitos políticos o cuando exista riesgo de aplicar la pena de muerte, tortura o tratos crueles.

Así funcionará la extradición activa y pasiva en la nueva ley

En la nueva norma, en el ámbito de la extradición activa, que ocurre cuando Ecuador demanda la entrega de una persona refugiada en el extranjero para que rinda cuentas ante sus jueces, el proceso se vuelve más exigente en su fase inicial.

Un juez competente debe elevar el pedido a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, actuando esta como la autoridad central del sistema. La normativa exige que el requerimiento se base en delitos sancionados con al menos un año de prisión y que exista un auto de prisión preventiva o una sentencia ejecutoriada.

Un detalle de este procedimiento es su carácter reservado hasta que el fugitivo sea capturado en territorio extranjero, evitando así alertar al sospechoso. Además, se introduce una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que el tiempo que el individuo pase detenido en el exterior no cuente para la caducidad de la prisión preventiva en los procesos locales.

Radio Pichincha

LV

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