Las pensiones alimenticias continúan entre los trámites con mayor movimiento dentro de la Función Judicial. Hasta mayo de 2026, un total de 557.494 niños, niñas y adolescentes recibieron una pensión de alimentos por parte de uno de sus progenitores.

Las provincias de Pichincha, Guayas, Azuay y Manabí registran la mayor cantidad de pagos, de acuerdo con información del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), administrado por la Función Judicial a través del Consejo de la Judicatura.
El SUPA es la herramienta que garantiza el adecuado y oportuno proceso de recaudación y pago de pensiones alimenticias a favor de los usuarios de la administración de justicia. Actualmente, el sistema registra 419.806 alimentantes obligados y 415.265 beneficiarios.
Las cifras reflejan la magnitud de este mecanismo. En 2024, el SUPA recaudó USD 823,59 millones; en 2025 la cifra ascendió a USD 845,78 millones; y entre enero y mayo de 2026 ya se contabilizan USD 352,88 millones.

La mayor carga procesal se concentra en Pichincha, Guayas, Azuay y Manabí, provincias donde se registra el mayor número de demandas vinculadas al pago de alimentos para niños, niñas y adolescentes.
En materia de recaudación, Pichincha ocupa el primer lugar a escala nacional con más de USD 2.020 millones. Le siguen Guayas con USD 1.327 millones, Azuay con USD 496 millones y Manabí con USD 384 millones.

Las estadísticas de los últimos años evidencian que la demanda de este tipo de procesos se mantiene elevada.
Un derecho de la niñez y adolescencia
La pensión alimenticia constituye un derecho fundamental de niños, niñas y adolescentes, ya que permite cubrir necesidades esenciales para su desarrollo integral, entre ellas alimentación, atención médica, educación, vivienda y vestimenta.
La normativa ecuatoriana establece que los padres que no conviven con sus hijos tienen la obligación de aportar económicamente para su sustento, por lo que el SUPA busca garantizar que esos recursos lleguen de manera oportuna a sus beneficiarios.
¿Cómo se inicia una demanda de alimentos?
Un juez de Familia, cuyo nombre se mantiene en reserva, explicó que cualquier persona que tenga bajo su cuidado a un niño, niña o adolescente puede presentar una demanda de alimentos contra el progenitor obligado a brindar manutención.
Precisó que, en la mayoría de los casos, son las madres quienes impulsan estos procesos debido a que suelen asumir el cuidado directo de los hijos.
El trámite comienza con la presentación del formulario de demanda de alimentos implementado por el Consejo de la Judicatura. En este documento se registran los datos de la persona demandante, del demandado y del beneficiario de la pensión.
El magistrado detalló que el procedimiento está regulado por el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), mientras que los aspectos sustanciales del derecho de alimentos están contemplados en el Código de la Niñez y Adolescencia. Añadió que la tabla de pensiones alimenticias es actualizada periódicamente por el Estado.

Asimismo, explicó que el monto de la pensión se calcula considerando los ingresos del obligado y el número de hijos bajo su responsabilidad. Para ello se aplican seis niveles establecidos en la tabla oficial, que determinan los montos mínimos y máximos a pagar.
Respecto a la edad de los beneficiarios, indicó que la obligación alimentaria se mantiene hasta los 18 años. Sin embargo, puede extenderse hasta los 21 años cuando el joven demuestra que continúa estudiando y que esa situación le impide generar ingresos propios.
La legislación también protege a las mujeres embarazadas. Según explicó el juez, ellas pueden reclamar alimentos durante los nueve meses de gestación y durante los 12 meses posteriores al nacimiento del hijo, lo que equivale a un total de 21 pensiones.
Cuando el obligado percibe únicamente el salario básico unificado, la pensión mínima para un hijo menor de tres años ronda los USD 135, mientras que para un hijo mayor de tres años asciende aproximadamente a USD 143. Los valores aumentan conforme mejoran los ingresos del alimentante.
El caso de Martha
Martha, nombre protegido para preservar su identidad, tiene un hijo adolescente y recibe una pensión mínima de USD 135 de parte de su exesposo. Asegura que ese monto no alcanza para cubrir las necesidades de su hijo.
Según relata, el padre del adolescente perdió su empleo y, aunque cumple puntualmente con el pago fijado por la justicia, su participación económica adicional es casi inexistente.
Martha señala que el contacto entre padre e hijo es escaso y que, más allá del pago de la pensión, la relación se limita a ocasiones especiales.
De acuerdo con la tabla vigente, por tratarse de un adolescente de 14 años, el beneficiario debería recibir al menos USD 142, considerando que para el cálculo se toma como referencia el salario básico unificado de USD 482 vigente en 2026.
Cálculo sobre la capacidad económica
Por otro lado, el juez señaló que existen casos en los que las pensiones superan los USD 1.000 mensuales cuando el demandado posee ingresos elevados.
En esos escenarios, el cálculo se realiza considerando la capacidad económica, los ingresos declarados y las cargas familiares existentes.
Añadió que las pensiones pueden cancelarse a través del código SUPA o mediante pago directo cuando una resolución judicial así lo autoriza. No obstante, recomendó utilizar el sistema para mantener un registro claro y verificable de los pagos efectuados.
Recordó que la obligación alimentaria puede extinguirse cuando el beneficiario cumple 18 años y no demuestra que continúa estudiando. Si acredita estudios superiores, la obligación se mantiene hasta los 21 años.
También precisó que las pensiones pueden incrementarse o reducirse cuando cambian las circunstancias económicas del obligado o las necesidades del beneficiario.
Procedimiento para reclamar una pensión alimenticia
- Presentar el formulario de demanda de alimentos.
- Registrar los datos de la persona demandante, demandado y beneficiario.
- Ingresar la demanda en la unidad judicial competente.
- Verificar los ingresos del obligado mediante documentación o registros oficiales.
- Aplicar la tabla oficial de pensiones alimenticias.
- Fijar una pensión provisional o definitiva, según corresponda.
- Registrar el pago mediante el sistema SUPA o la modalidad autorizada por el juez.
- Realizar los depósitos periódicos establecidos en la resolución judicial.
- Solicitar aumentos o rebajas cuando cambien las condiciones económicas o familiares.
- Tramitar la extinción de la obligación cuando el beneficiario alcance la edad máxima prevista por la ley o deje de cumplir los requisitos legales.
Derechos y obligaciones
La abogada de Familia Vanessa Montenegro señaló que las pensiones alimenticias constituyen un derecho prioritario de los niños, niñas y adolescentes, reconocido y protegido por la familia, la sociedad y el Estado.
Explicó que estos derechos son de orden público, irrenunciables e indivisibles, por lo que no pueden ser objeto de negociación en perjuicio de los menores.
Agregó que la legislación ecuatoriana contempla medidas de apremio para quienes incumplen con esta obligación, que pueden ir desde la retención de cuentas bancarias hasta la privación de libertad.
Asimismo, recordó que la obligación alimentaria puede extenderse más allá de la mayoría de edad cuando los beneficiarios continúan sus estudios o, de manera permanente, en casos de hijos con discapacidad que les impida valerse por sí mismos o generar ingresos propios.
Radio Pichincha
LV