El presidente de la República, Daniel Noboa, expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación mediante el Decreto Ejecutivo N°422, suscrito el 12 de junio de 2026 desde Estados Unidos. Esta nueva normativa, que consta de 306 artículos, reorganiza el sistema deportivo nacional e impone cambios estructurales que afectan desde la formación escolar hasta la industria de las apuestas.
Transformación en el sistema educativo y nuevas reglas
Uno de los pilares de la reforma es el ámbito educativo. El reglamento establece que la educación física será obligatoria en los niveles Inicial, Educación General Básica y Bachillerato, garantizando una carga horaria mínima de dos horas semanales que no podrán ser sustituidas por otras materias.
Además, se impulsarán mecanismos técnicos para la detección temprana de talentos deportivos dentro del sistema escolar, facilitando su transición hacia procesos de tecnificación y alto rendimiento.
Para los deportistas y organizaciones, el reglamento introduce disposiciones orientadas a la especialización y la profesionalización:
- Priorización de disciplina: los atletas de alto rendimiento deberán priorizar su disciplina principal para efectos de asignación de recursos y evaluación de resultados.
- Obligaciones de los clubes: las organizaciones deportivas deberán participar en al menos un torneo oficial al año; de lo contrario, podrán ser declaradas inactivas y enfrentar un proceso de disolución.
- Integración de E-sports: el deporte electrónico se integra formalmente al Sistema Deportivo Nacional bajo los principios del Comité Olímpico Internacional.
- Protección y Salud: se exige que todo atleta que represente al país cuente con un certificado médico vigente y que las delegaciones internacionales dispongan de seguros de vida y de salud.
- Libre tránsito: se reconoce el derecho de los deportistas a cambiar de organización deportiva hasta una vez al año al fijar un nuevo domicilio.
Regulación severa a los pronósticos deportivos
El reglamento dedica un capítulo específico a los pronósticos deportivos en línea, un sector que anteriormente operaba con vacíos legales.
- Licencias anuales: las empresas deberán obtener una licencia de operación con vigencia de cinco años, pagando anualmente el equivalente a 655 salarios básicos (aproximadamente USD 316.710 en 2026).
- Carga tributaria: se aplicará una retención en la fuente del 15% sobre el valor de los premios obtenidos por los jugadores.
- Veto a influencers: queda prohibido que ‘influencers’ o creadores de contenido promocionen plataformas que no cuenten con licencia estatal. De hacerlo, serán solidariamente responsables por las infracciones.
- Protección a menores: se prohíbe terminantemente la publicidad dirigida a menores de edad o que cuente con su participación.
Asimismo, el Gobierno pretende fortalecer la fiscalización mediante la creación del Sistema Nacional de Información Deportiva, una plataforma que concentrará datos sobre infraestructura, presupuestos, auditorías y programas de formación.
Las organizaciones que reciban fondos públicos deberán implementar mecanismos de control interno y sus responsables financieros deberán acreditar títulos de tercer nivel y experiencia comprobable.
Finalmente, el reglamento protege la infraestructura deportiva financiada por el Estado, determinando que estos bienes son inembargables y no pueden ser enajenados ni aportados a fideicomisos. Las organizaciones tendrán un plazo de 180 días para adecuar sus estatutos a estas nuevas disposiciones.
Radio Pichincha
LV