Ministerio del Trabajo regula el pago con recargo para la jornada suspendida del 26 de junio

El Ministerio del Trabajo informó que en el caso de que un empleador no se haya acogido a la suspensión de la jornada laboral el 26 de junio deberá aplicar el 100 % de recargo sobre la remuneración ordinaria a sus empleados.

Tras el triunfo de Ecuador ante Alemania el 25 de junio, el presidente Daniel Noboa ordenó la suspensión laboral en todo el país el 26 de junio a través del Decreto Ejecutivo 431.

Fuente: El Universo

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