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Ley de IA en España: multas millonarias y deepfakes sexuales prohibidos

El Consejo de Ministros español ha dado luz verde al proyecto de Ley para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, una normativa que adapta la legislación nacional al Reglamento europeo de IA. Este texto establece sanciones económicas que van desde los 6.000 euros hasta los 35 millones de euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, especialmente para quienes comercialicen o pongan en funcionamiento herramientas prohibidas.

El objetivo declarado por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública es garantizar un uso “ético, inclusivo y beneficioso” de esta tecnología. Para lograrlo, el proyecto crea un marco de control sobre la IA, prohíbe los usos considerados de riesgo inaceptable y exige que se advierta cuando ciertos contenidos hayan sido generados o manipulados artificialmente.

Ahora, el texto será enviado a las Cortes Generales para iniciar su trámite parlamentario. Cabe recordar que el Gobierno ya había aprobado un primer anteproyecto en marzo de 2025, el cual fue sometido a información pública y revisado por diversos organismos, incluido el Consejo General del Poder Judicial, antes de volver al Consejo de Ministros.

Prácticas prohibidas: lo que no se podrá hacer

Uno de los ejes centrales de la futura ley es la prohibición de prácticas de riesgo inaceptable. Entre ellas se incluyen aquellas que utilicen técnicas subliminales, manipuladoras o engañosas para alterar la capacidad de decisión de una persona, modificar sustancialmente su comportamiento y causarle un perjuicio significativo.

Asimismo, queda vetado aprovecharse de las vulnerabilidades de individuos o grupos por razones de edad, discapacidad o situación social o económica. La normativa española sigue el esquema europeo, que clasifica las tecnologías según su nivel de riesgo: los usos inaceptables se prohíben, mientras que los de alto riesgo no se vetarán de forma general, pero estarán sujetos a obligaciones más estrictas.

Multas: desde 6.000 hasta 35 millones de euros

El régimen sancionador es uno de los puntos más destacados del proyecto. Las infracciones muy graves vinculadas a prácticas prohibidas podrán castigarse con multas de hasta 35 millones de euros. En el caso de empresas, la sanción podría alcanzar el 7% de su volumen de negocio mundial del ejercicio anterior, si esta cifra resulta superior.

  • Infracciones muy graves por herramientas de alto riesgo: multas de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocio mundial.
  • Infracciones graves: sanciones entre 500.001 y 7,5 millones de euros.
  • Infracciones leves: de 6.000 a 500.000 euros.

Para pymes y empresas emergentes, la regulación europea permite aplicar la cuantía menor entre el importe fijo y el porcentaje sobre facturación, con el fin de evitar sanciones desproporcionadas. Además de las multas, se contemplan medidas como la retirada del mercado, la desconexión o la prohibición de una herramienta cuando haya provocado un incidente grave o represente un riesgo inaceptable.

Contenidos generados por IA y la lucha contra los deepfakes

Otro pilar fundamental es que los ciudadanos puedan distinguir entre un contenido real y uno generado o manipulado con IA. Esta obligación de transparencia aplica a herramientas que crean o alteran imágenes, audios, vídeos o textos.

El Reglamento europeo ya exige transparencia para las llamadas ultrasuplantaciones: contenidos que se parecen a personas, objetos, lugares o sucesos reales y pueden hacer creer que son auténticos. Quienes los utilicen deberán informar de que han sido creados o modificados artificialmente.

El proyecto incorpora, además, la prohibición específica de sistemas que generen o manipulen contenido sexual realista sin consentimiento. Esta medida fue impulsada por España en el debate europeo tras la polémica por la difusión de desnudos falsos de mujeres y menores creados con herramientas de IA. La cuestión afecta de lleno a los deepfakes, una de las aplicaciones más controvertidas de la IA generativa, que pueden usarse tanto para fines creativos como para suplantar a una persona, difundir bulos, cometer fraudes o generar contenido sexual falso.

¿Quién vigilará el cumplimiento?

La futura ley también define la gobernanza de la IA en España. La Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) tendrá un papel central en la vigilancia del cumplimiento y en la coordinación con otras autoridades competentes.

El anteproyecto ya contemplaba que cualquier ciudadano pudiera comunicar posibles infracciones, incluso de forma anónima. La idea es facilitar que se investiguen usos indebidos, especialmente cuando puedan afectar a derechos fundamentales o causar daños relevantes. España creó la AESIA antes de completar la adaptación del reglamento europeo, y con este proyecto busca encajar esa estructura nacional en el nuevo marco comunitario, que exige a los Estados miembros contar con autoridades de supervisión y sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.

Las administraciones públicas, exentas de multas económicas

Uno de los aspectos más debatidos durante la tramitación ha sido el trato a las administraciones públicas. Varias asociaciones de internautas, usuarios y expertos en derecho digital han criticado que el texto excluya al sector público del régimen de multas económicas.

Según el anteproyecto, cuando una administración cometa una infracción, la respuesta será una resolución que declare el incumplimiento, con un apercibimiento y medidas correctoras. También podrán abrirse actuaciones disciplinarias o amonestaciones a los responsables, pero no se impondrán multas administrativas como las previstas para empresas u otros operadores.

Este punto es sensible porque el sector público puede utilizar sistemas automatizados en ámbitos que afectan directamente a la ciudadanía, como prestaciones, ayudas, empleo, seguridad, justicia o gestión de servicios públicos. Los críticos sostienen que dejar sin sanción económica a las instituciones podría debilitar la protección de los derechos de los ciudadanos.

Fuente: Infobae

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