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Petro denuncia censura previa y llevará su defensa ante la CIDH

Alejandro Carranza, abogado defensor del mandatario Gustavo Petro, comunicó que se interpondrán acciones ante organismos nacionales e internacionales. Esta determinación surge tras el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que exige al jefe de Estado rectificar sus comentarios sobre un presunto fraude electoral.

La representación legal del presidente sostiene que la disposición judicial atenta contra la libertad de expresión y constituye un acto de censura previa. La orden judicial establece un plazo de tres días para que el presidente corrija sus publicaciones en la red social X, relacionadas con supuestas irregularidades en los comicios de los años 2014, 2022 y 2026.

El documento judicial es enfático al señalar:

Ordenar al señor Presidente de la República que dentro de los tres días siguientes a la notificación (…) rectifique por el mismo medio utilizado (la red social X) (…) las afirmaciones sobre la ocurrencia de fraude electoral”.

Reacción y acciones de la defensa jurídica

El abogado Alejandro Carranza calificó la medida cautelar como jurídicamente insostenible y anunció la activación de recursos legales en el ámbito nacional e internacional - crédito @HombreJurista/X

A través de su perfil oficial en la plataforma X, el jurista Alejandro Carranza expresó su rechazo a la decisión del tribunal y adelantó los próximos pasos legales.

“El Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió hoy una medida cautelar que, con el mayor respeto hacia la judicatura, consideramos jurídicamente insostenible”

, manifestó el abogado.

Carranza detalló que ya se han puesto en marcha diversos recursos legales para contrarrestar la medida.

Activamos de inmediato los mecanismos domésticos e internacionales disponibles para defender la libre expresión. Recurrimos en reposición y en apelación ante el Consejo de Estado

, precisó. Asimismo, confirmó que el caso será llevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En su declaración, el defensor subrayó que la resolución judicial “vulnera estándares del Sistema Interamericano que Colombia se obligó a respetar”, justificando así la necesidad de acudir a instancias externas.

Fundamentos jurídicos contra la medida cautelar

La defensa presentó recursos de reposición y apelación ante el Consejo de Estado para controvertir la decisión del tribunal - crédito @HombreJurista/X

La defensa presentó una serie de reparos técnicos frente a la decisión judicial. El punto central es la acusación de que la providencia limita el discurso de manera anticipada.

“La providencia constituye CENSURA PREVIA, prohibida de manera absoluta por el artículo 13.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y por el artículo 20 de la Constitución. No existe ponderación posible que la habilite”

, aseveró Carranza.

De igual manera, el abogado cuestionó la forma en que el tribunal interpretó la jurisprudencia del Consejo de Estado. Según su visión,

el fallo ordena RECTIFICAR afirmaciones sobre la sentencia del Consejo de Estado de 2018 a partir de una lectura que invierte la lógica jurídica

, al otorgar efectos normativos a un auto de aclaración que previamente había sido negado.

Otro argumento de peso es la restricción a declaraciones futuras. Carranza indicó que exigir al mandatario que no se exprese sobre estos temas antes de una sentencia definitiva es irregular.

“Se ordena abstenerse de emitir expresiones futuras SIN SENTENCIA DE FONDO. Ello equivale a imponer responsabilidades previas sobre el discurso”

, puntualizó el defensor.

Adicionalmente, se mencionaron antecedentes sobre la transparencia en las urnas. El abogado recordó que existen documentos que respaldan las quejas del mandatario.

Las irregularidades en las elecciones de 2022 que el fallo declara ‘inexistentes’ están documentadas en una sentencia del PROPIO Tribunal (…) más de 600.000 votos del Pacto Histórico no fueron transmitidos el día de las elecciones

, denunció públicamente.

Finalmente, la defensa cuestionó la urgencia de la medida cautelar, alegando que no se demostró un peligro inminente.

“El PERICULUM IN MORA o peligro no se acredita. (…) El daño que la medida pretendía prevenir nunca se materializó”

, explicó. Carranza concluyó reafirmando la veracidad de lo dicho por el mandatario:

El Presidente no mintió: describió hechos judicialmente acreditados. Defendemos el derecho de todos los colombianos a conocer la verdad sobre su sistema electoral. (…) NO SE RECTIFICARÁ ¡A LA BATALLA!

.

El abogado sostuvo que la orden judicial constituye censura previa, prohibida por la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos - crédito @HombreJurista/X

Postura de Gustavo Petro frente al fallo

Este episodio no es el primero en el que la justicia colombiana solicita una rectificación al mandatario por sus posteos en redes sociales. En diciembre pasado, el mismo tribunal ordenó corregir menciones dirigidas a la exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez.

El presidente Gustavo Petro utilizó su cuenta de X para responder a la nueva orden judicial con un mensaje de resistencia.

Jamás un presidente de la república le debe enseñar a su sociedad a arrodillarse ante la convicción de sus derechos fundamentales

, redactó el jefe de Estado.

En su mensaje, Petro enfatizó que priorizará sus principios constitucionales.

“Ni censura ni negación de la libertad de expresión, se a que me expongo pero los derechos fundamentales y mi conciencia y mi objeción de conciencia ante la arbitrariedad se imponen”

, escribió, confirmando además que el próximo lunes entregará una respuesta oficial ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

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