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Acuerdo con Emiratos: ¿apuesta por inversión o puerta abierta a demandas millonarias?

Al cierre del 2 de abril, la Corte Constitucional (CC) dio luz verde —con condiciones— al “Acuerdo entre el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos y el Gobierno de la República del Ecuador para la promoción y protección recíproca de las inversiones”. El dictamen establece que el tratado será constitucional siempre que se incorpore una exclusión expresa en su artículo 20: el arbitraje internacional no podrá conocer controversias contractuales o comerciales entre el Estado y privados, en coherencia con el artículo 422 de la Constitución.

La decisión marca un giro frente a precedentes anteriores y abre nuevamente el debate sobre el papel de los tratados bilaterales de inversión (TBI) en el país.

El argumento oficial: atraer inversión

Desde el Gobierno, el acuerdo es presentado como un “hito” para atraer capital extranjero hacia sectores estratégicos como infraestructura, energías renovables, turismo, agroindustria y minería. La narrativa oficial sostiene que el tratado ofrece seguridad jurídica, reglas claras y un entorno predecible para inversionistas internacionales, especialmente de Emiratos Árabes Unidos.

El Ejecutivo plantea que esta apertura fortalecerá la competitividad, generará empleo y permitirá transferencia tecnológica.

“No atraen inversión, pero sí habilitan demandas”

Para el abogado y experto en tratados bilaterales de inversión, Javier Echaide, la evidencia empírica contradice ese optimismo. Según explica, estos acuerdos no han demostrado ser efectivos para atraer inversión extranjera directa.

El núcleo del problema, señala, es la cesión de jurisdicción: el inversionista puede llevar disputas fuera del sistema judicial nacional, accediendo a arbitrajes internacionales.

Echaide recuerda que Ecuador ya ha enfrentado demandas internacionales por más de 21.000 millones de dólares y ha pagado cerca de 1.500 millones en estos procesos.

“El riesgo es precisamente volver a ese escenario. Eso sale de los impuestos de la gente”, subraya.

Desde esta perspectiva, el tratado no solo implica una decisión jurídica, sino también fiscal: cualquier litigio internacional puede traducirse en presión sobre el presupuesto público.

El debate no es nuevo. El artículo 422 de la Constitución prohíbe ceder jurisdicción a tribunales internacionales en controversias entre el Estado y privados. Además, la ciudadanía ha rechazado en referéndum reformas que buscaban flexibilizar esta disposición.

Para Echaide, insistir en estos acuerdos pese a esos antecedentes configura un patrón preocupante:

Aunque la Corte intenta equilibrar el tratado con la Constitución mediante la exclusión de ciertas controversias, la expectativa recae en si esa distinción será suficiente en la práctica.

Más allá de la inversión: capitales, control y riesgos

Otro de los puntos críticos es el flujo de capitales. Según Echaide, los TBI no solo facilitan la entrada de inversión, sino también su salida, lo que podría favorecer la fuga de capitales.

Además, advierte riesgos en un contexto como el ecuatoriano, ya que se podría facilitar mecanismos de lavado de dinero, especialmente en un país con dolarización y problemas de narcotráfico.

Sectores estratégicos como puertos, logística o infraestructura —mencionados en el acuerdo— incrementan la preocupación por posibles impactos en seguridad y control estatal.

Críticas desde lo ambiental y social

Organizaciones como Acción Ecológica advierten que el tratado prioriza la protección de inversiones por encima de derechos sociales y ambientales.

Entre las principales alertas están:

  • La ausencia de obligaciones exigibles para inversionistas en materia ambiental
  • La debilidad de las salvaguardas del Estado
  • La falta de referencias a derechos humanos
  • La posibilidad de que incluso inversiones con incumplimientos menores sigan protegidas

También cuestionan que el tratado no contemple mecanismos efectivos para proteger territorios, comunidades o derechos de la naturaleza.

Un precedente con efectos a largo plazo

Para Echaide, la preocupación no se limita a este acuerdo puntual. Su aprobación podría sentar un precedente:

“Nadie impediría que otros tratados sigan a este primero. Es la puerta de entrada a todo un sistema de arbitraje internacional”.

Esto implicaría una reconfiguración estructural del régimen de inversiones en Ecuador, con efectos en la política pública, la regulación ambiental y la capacidad del Estado para tomar decisiones soberanas.

Radio Pichincha

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