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Nueva normativa regula compensaciones por desvinculación de servidores judiciales con nombramiento permanente

En la sesión ordinaria Nro. 033-2026, realizada este 19 de marzo, el Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó una reforma clave al reglamento que regula las compensaciones económicas por la desvinculación de servidores judiciales con nombramiento permanente.

El cambio introduce un criterio determinante: los funcionarios que enfrenten sumarios disciplinarios por faltas gravísimas -aquellas que pueden derivar en destitución- quedarán excluidos del pago de indemnizaciones, incluso si cumplen con otros requisitos administrativos o legales establecidos en la normativa vigente.

Según el texto aprobado, únicamente podrán acceder a estas compensaciones quienes, tras el proceso disciplinario, sean declarados inocentes, tengan sus casos archivados o no enfrenten una sanción de destitución.

En estos escenarios, el beneficio no será inmediato, sino que se contemplará dentro de un plan de desvinculación posterior.

Por el contrario, si el sumario concluye con la destitución del servidor judicial, este perderá de forma definitiva el derecho a recibir cualquier tipo de compensación económica.

La intención, según lo aprobado por el Pleno, es evitar que fondos estatales se destinen a funcionarios cuya permanencia en la institución esté cuestionada por presuntas infracciones de alta gravedad.

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