El Gobierno, a través de su bancada legislativa, impulsa una reforma profunda al sistema penitenciario ecuatoriano con el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario. La propuesta plantea reorganizar el control estatal sobre las cárceles, profesionalizar el sistema de seguridad penitenciaria y crear regímenes especiales para enfrentar a las estructuras del crimen organizado que operan dentro de los centros de reclusión.
La iniciativa implica modificaciones en seis marcos legales vigentes:
- El Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público
- El Código Orgánico Integral Penal
- La Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza
- La Ley de Seguridad Pública y del Estado
- La norma de seguridad social de la Policía y de las Fuerzas Armadas administradas por el Isspol y el Issfa.
Aunque el proyecto se presenta como una respuesta a la crisis penitenciaria, expertos, instituciones y legisladores advierten que varias de sus disposiciones podrían abrir un intenso debate sobre derechos, militarización y el enfoque punitivo de la política carcelaria.
Presos tendrán que trabajar
Como primer punto, el bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) logró incluir una disposición en el proyecto de reforma penitenciaria que obligará a las personas privadas de libertad (PPL) a realizar actividades laborales para cubrir sus necesidades básicas y subvencionar sus propios gastos en prisión.
El asambleísta Andrés Castillo, proponente de la medida, justificó el cambio señalando la necesidad de instaurar un régimen laboral y productivo que permita a los internos generar recursos. La normativa, que quedó plasmada en la Disposición Transitoria Décima del documento, otorga al Sistema Nacional de Rehabilitación Social un plazo máximo de 36 meses (tres años) para incorporar formalmente esta política pública de trabajo interno.
Un régimen especial para internos de alto riesgo
Otro de los cambios más relevantes es la creación de un Régimen Penitenciario Especial que se incorporaría al COIP como un nuevo título. Este mecanismo busca establecer un sistema diferenciado para las personas privadas de libertad consideradas de alta peligrosidad. La norma contempla su aplicación no solo a condenados, sino también a procesados con auto de llamamiento a juicio e incluso a personas en prisión preventiva cuando existan indicios de vínculos con delincuencia organizada, narcotráfico o terrorismo.
La permanencia de estos internos en centros o pabellones de máxima seguridad dependería de una clasificación técnica individual y de evaluaciones periódicas que determinen su nivel de riesgo.
La reforma también formaliza una tipología de centros penitenciarios —mínima, mediana y máxima seguridad— y autoriza el uso de tecnología para impedir la coordinación de delitos desde el interior de las cárceles, entre ellas sistemas de inhibición y bloqueo de telecomunicaciones.
Dentro de este régimen más estricto, los internos considerados de alto riesgo no podrían acceder a regímenes semiabiertos ni abiertos. Además, se priorizaría el uso de medios telemáticos para audiencias judiciales, visitas y comunicaciones con abogados en pabellones de máxima seguridad con el objetivo de reducir los riesgos asociados a traslados.
Un sistema penitenciario con más control y nuevas unidades de seguridad
La propuesta también plantea transformar el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, que pasaría a operar como una entidad técnica armada con un régimen jurídico especial. Entre sus funciones se incluirían:
- La seguridad interna de los centros de rehabilitación social
- La ejecución de requisas con tecnología no invasiva
- La custodia de traslados de personas privadas de libertad hacia casas de salud.
El proyecto contempla además la creación de Grupos Especiales de Seguridad Penitenciaria, diseñados para intervenir en escenarios críticos como motines o disturbios.
En paralelo, se formaliza un subsistema de inteligencia penitenciaria encargado de detectar riesgos, prevenir delitos y desarticular redes criminales que operan desde el interior de las cárceles. Esta unidad deberá coordinar con el sistema nacional de inteligencia y producir informes técnicos que sirvan de insumo para la clasificación de peligrosidad de los internos.
Otro de los cambios relevantes es la ampliación del régimen disciplinario para el personal penitenciario. El catálogo de faltas muy graves se expande hasta 64 causales, incluyendo conductas como colaborar con estructuras criminales, facilitar el ingreso de objetos prohibidos, permitir actos de prostitución o mantener vínculos con internos. Con ello se busca una depuración institucional bajo un enfoque de tolerancia cero frente a la corrupción.
Policías y militares retirados como refuerzo del sistema carcelario
Ante la escasez de personal penitenciario, el proyecto plantea incorporar de forma temporal y excepcional a policías y militares en servicio pasivo dentro del sistema carcelario. Para incentivar su participación, se modificarían las leyes de seguridad social de la Policía y de las Fuerzas Armadas con el fin de permitir que estos uniformados mantengan el 100% de su pensión de retiro mientras reciben un salario por sus nuevas funciones.
Quienes se integren al sistema penitenciario deberán aprobar previamente un programa intensivo de formación antes de asumir responsabilidades dentro de los centros de rehabilitación social.
Diversos actores institucionales identificaron varias disposiciones que podrían generar controversia.
- Uno de los principales cuestionamientos se refiere a la aplicación del régimen especial a personas que aún no tienen una sentencia ejecutoriada. Según críticos del proyecto, el traslado de procesados o detenidos preventivos a centros de máxima seguridad podría interpretarse como una anticipación de la pena si no se establecen criterios técnicos excepcionales y revisiones periódicas debidamente motivadas.
- También existen advertencias sobre el impacto que las restricciones a visitas y comunicaciones podrían tener en el derecho a la defensa. Se señala que el uso prioritario de medios telemáticos para audiencias y contacto con abogados podría dificultar el acceso efectivo de los defensores a sus representados.
- Otro punto sensible es la posible extensión de la lógica penitenciaria a los centros de adolescentes infractores. La Defensoría del Pueblo del Ecuador y otros organismos advirtieron que el sistema para menores debe mantener un enfoque socioeducativo y restaurativo, por lo que la participación del cuerpo de seguridad penitenciaria en estos espacios podría contradecir los principios constitucionales de protección reforzada.
La Corte Nacional de Justicia del Ecuador también advirtió problemas de técnica legislativa. Entre ellos, la utilización de conceptos jurídicos poco definidos —como “necesidad reforzada” o “progresividad”— en la regulación del uso de la fuerza, lo que podría generar inseguridad jurídica al momento de evaluar las actuaciones de los agentes en situaciones de crisis.
A ello se suma una posible duplicidad normativa derivada de la intención de regular la infraestructura y tipología de cárceles en el Coescop, cuando doctrinalmente esa materia corresponde al COIP.
Críticas desde la oposición: más castigo y pocas soluciones estructurales
Desde la bancada de la Revolución Ciudadana, varios legisladores cuestionaron el enfoque de la reforma al considerar que privilegia respuestas punitivas frente a soluciones estructurales. Los asambleístas sostienen que el colapso del sistema penitenciario no se explica por falta de normas más severas, sino por años de abandono institucional.
- Uno de los cuestionamientos centrales es la ausencia de una escuela permanente de formación penitenciaria. Según esta postura, el Estado incumplió desde 2014 el mandato de crear un centro de formación y capacitación especializado, lo que derivó en contrataciones improvisadas de personal sin preparación técnica adecuada.
- Los legisladores también advierten sobre el riesgo de militarización del sistema penitenciario. Insisten en que la seguridad carcelaria debe construirse sobre una carrera penitenciaria técnica y meritocrática, no sobre la incorporación permanente de personal proveniente de otras instituciones armadas.
- Además, plantean que cualquier régimen especial aplicado a personas sin sentencia debe tener un carácter estrictamente excepcional y basarse en criterios técnicos claros para evitar vulneraciones a la presunción de inocencia.
- Otro punto de preocupación es el uso de la fuerza dentro de los centros de reclusión. Según los legisladores, la clasificación de riesgo o la presunta vinculación con organizaciones criminales no puede justificar por sí sola la intervención coercitiva del Estado.
Para prevenir abusos, proponen que todas las intervenciones de seguridad queden registradas mediante sistemas audiovisuales obligatorios que permitan verificar la proporcionalidad y legalidad del uso de la fuerza.
Radio Pichincha