La representación legal de la exjefa de Estado, Cristina Kirchner, quien ha sido sentenciada en el marco de la justicia argentina, solicitó este viernes que se deje sin efecto el proceso de incautación de 19 propiedades ubicadas en Santa Cruz. Dichos inmuebles pertenecen a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner, y forman parte de las medidas ordenadas en el expediente judicial conocido como Vialidad.
Durante la diligencia, la defensa calificó la medida como un “acto de persecución política enmascarado bajo el ropaje de una pretendida resolución judicial”. Por otro lado, el fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Mario Villar, defendió la continuidad del proceso. El funcionario judicial solicitó que se desestimen los recursos presentados por los abogados defensores y se proceda con el decomiso de activos, cuya suma ha sido fijada en un total de $684.990.350.139,86.
Aunque la Sala IV del tribunal penal de mayor jerarquía en la nación había pautado una audiencia oral para las 11:00 de este viernes, las partes involucradas prefirieron consignar argumentos mediante notas escritas. En consecuencia, los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña se encuentran ahora en posición de emitir una resolución definitiva sobre este conflicto patrimonial.
Argumentos sobre la legitimidad del patrimonio familiar
Los representantes legales de Cristina Kirchner —quien se encuentra cumpliendo una condena de seis años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario por administración fraudulenta— exigieron que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) revoque la orden de decomiso. Según su postura, la decisión judicial carece de un sustento razonado en el derecho actual y en las pruebas de la causa.
La defensa sostuvo que se trata de una aplicación de “derecho creativo” diseñado para perjudicar a su representada y, ahora, para extender el castigo a su círculo familiar más cercano. Los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy manifestaron textualmente:
“Indudablemente, estamos frente a un acto de persecución política enmascarado bajo el ropaje de una pretendida resolución judicial”
En el escrito presentado, los juristas subrayaron que no existen sentencias firmes respecto al monto total del decomiso ni sobre cuáles bienes específicos deben verse afectados por la sanción. Esto se debe a que todavía existen recursos de apelación en trámite, algunos incluso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Bajo esta premisa, solicitaron a la Casación que suspenda cualquier acción administrativa o ejecutiva para transferir estos bienes a la administración de la Corte Suprema.
De continuar con el procedimiento, los abogados advierten que se estaría incurriendo en una confiscación de propiedades que fueron adquiridas de forma lícita por Máximo y Florencia Kirchner.

Respecto al origen de los fondos, la defensa enfatizó lo siguiente:
“Todos los bienes que conforman el patrimonio de Máximo y Florencia Kirchner tienen origen lícito, lo cual ha sido acreditado por la justicia con calidad de cosa juzgada en diversos fallos. Lo propio ocurre con los actos jurídicos a través de los cuales, legalmente y con total buena fe, Máximo y Florencia Kirchner recibieron estos activos por parte de sus progenitores”
Adicionalmente, señalaron que mientras no exista una autoridad de cosa juzgada sobre este desapoderamiento de activos, se deben frenar todas las diligencias de tasación, inscripción en registros y puesta a disposición de entidades estatales. Los defensores concluyeron que ejecutar estas medidas sin una sentencia firme representaría una privación ilegal del derecho de propiedad, contraviniendo el artículo 17 de la Constitución Nacional.
Finalmente, advirtieron que esta resolución vulnera principios fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la seguridad jurídica, por lo que no descartan acudir a instancias internacionales si es necesario.
La postura fiscal para evitar la impunidad
Contrariamente a lo expuesto por la defensa, el fiscal Mario Villar instó al tribunal a rechazar las apelaciones que buscan frenar la ejecución de la pena patrimonial. Cabe destacar que en esta etapa también han presentado recursos el condenado Lázaro Báez y los exfuncionarios Nelson Periotti y Raúl Pavesi, además de las acciones individuales de los hermanos Kirchner.
La fiscalía argumentó que el decomiso no es una pena nueva ni arbitraria, sino una consecuencia legal ineludible de una condena penal que ha respetado todas las garantías del debido proceso. Para Villar, esta medida es una herramienta crítica para garantizar la efectividad de las sanciones en casos de corrupción organizada a gran escala.

El Tribunal Oral Federal 2, encargado de ejecutar la sentencia, ha precisado que el decomiso ya fue establecido y cuantificado en el fallo condenatorio. Por lo tanto, la etapa actual solo busca operativizar lo que ya fue decidido mediante la identificación de bienes que cubran el monto millonario estipulado.
En sus conclusiones, la fiscalía aseveró:
“Se pretende, de esta manera, evitar la impunidad en estos hechos graves, privar a las personas implicadas del producto de sus actividades delictivas y generar conciencia de la gravedad de estos sucesos en el rumbo de los pueblos”
Contexto histórico del caso Vialidad
La situación jurídica de la expresidenta quedó sellada el 10 de junio de 2025, fecha en la que la Corte Suprema de Justicia desestimó los últimos recursos extraordinarios y dejó firme el veredicto del TOF2. Cristina Kirchner fue hallada culpable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, recibiendo una pena de seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para la función pública.
Actualmente, la exmandataria cumple su condena en una residencia ubicada en la calle San José 1111, en la Ciudad de Buenos Aires, bajo el régimen de prisión domiciliaria.
Junto a ella, otros involucrados recibieron sentencias similares: el empresario Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José Francisco López, y Nelson Guillermo Periotti de Vialidad Nacional. También fueron condenados exfuncionarios de Santa Cruz como Raúl Gilberto Pavesi, Raúl Osvaldo Daruich, Mauricio Collareda, José Raúl Santibáñez y Juan Carlos Villafañe.
La justicia determinó que existió un esquema de direccionamiento de contratos de obra pública vial en Santa Cruz a favor de empresas de Báez, el cual incluyó sobreprecios y múltiples irregularidades administrativas que afectaron el erario público.
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