La justicia comunitaria ha emitido un fallo contundente. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que Hungría vulneró el Derecho de la Unión al restringir de forma «desproporcionada» la libertad de expresión y de información. Esto ocurre tras el cese de operaciones de Klubradio, una de las principales emisoras independientes del país, a la cual se le negó la extensión de su licencia y se le bloqueó en un nuevo proceso de licitación.
Esta resolución judicial respalda la gran mayoría de los argumentos presentados por la Comisión Europea en 2021. En aquel año, el organismo llevó el caso ante el TJUE denunciando que la decisión del Consejo de Medios de Hungría era injustificada. La Comisión calificó los argumentos del Gobierno húngaro como «muy cuestionables» y consideró que la negativa a permitir la emisión de la radio era una medida excesiva.
Antecedentes de la disputa legal
El origen del conflicto se remonta a 2014, año en que Klubradio pactó un acuerdo con el Consejo de Medios de Comunicación húngaro. El contrato permitía la difusión por radiofrecuencia en la zona de Budapest durante un periodo inicial de siete años, con la opción legal de ser renovado por otros cinco años.
Sin embargo, al cumplirse el plazo, el ente estatal rechazó la renovación automática. El argumento utilizado fue que la emisora no remitió la información mensual sobre sus cuotas de difusión durante un lapso de dos meses. Posteriormente, la radio intentó participar en una nueva licitación, pero su oferta fue descartada por supuestos fallos en la programación y por declarar fondos propios negativos.
Fallo sobre la proporcionalidad y derechos fundamentales
El TJUE ha sido tajante al respecto. La corte determinó que la legislación de Hungría incumple el principio de proporcionalidad al establecer la denegación automática de licencias por faltas reiteradas,
«incluso cuando son leves o meramente formales»
, algo que contraviene el marco de comunicaciones electrónicas de Europa.
- La anulación de la propuesta de Klubradio en la nueva licitación fue calificada de «desproporcionada».
- Se consideró contraria a los principios de transparencia y buena administración.
- El tribunal señaló que se basó en «imprecisiones menores» y exigencias financieras no estipuladas en las bases.
De igual manera, el fallo enfatiza que las acciones de las autoridades de Budapest representaron una
«injerencia»
en los derechos de libertad informativa y de expresión recogidos en el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Al bloquear su actividad, se impidió que el medio continuara desarrollando su labor en la radiodifusión.
Tras esta sentencia, Hungría tiene la obligación de implementar medidas urgentes para acatar el fallo. Si la Comisión Europea determina que la resolución no se cumple, tiene la potestad de acudir nuevamente al TJUE para exigir la aplicación de multas y sanciones económicas contra el Estado húngaro.
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