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México y los nuevos aranceles de EE.UU. tras el fallo judicial

El escenario del comercio bilateral entre México y los Estados Unidos atraviesa un periodo de alta complejidad desde el retorno de Donald Trump a la presidencia para su segundo periodo. En medio de la expectativa por la revisión del T-MEC, la implementación de gravámenes denominados recíprocos a las ventas mexicanas ha generado una pugna constante por la estabilidad económica regional.

Un hito relevante ocurrió el pasado 20 de febrero, cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una resolución que deja sin efecto los aranceles globales que se habían amparado en la Ley de Poderes de Emergencia Internacional. Esta medida del tribunal incluye el impuesto de reciprocidad que se había aplicado a diversos socios comerciales.

Según detallaron las autoridades norteamericanas, el veredicto judicial responde a que estas imposiciones fueron consideradas ilegales, lo cual representa un obstáculo para la estrategia económica impulsada por el mandatario republicano. No obstante, la respuesta de la administración no se hizo esperar. El sábado 21 de febrero, Donald Trump anunció la creación de un nuevo arancel global con vigencia inmediata, elevando la tasa impositiva del 10 por ciento al 15 por ciento.

Estos acontecimientos han provocado una reconfiguración de los impuestos que gravan el intercambio comercial con México. Si bien las nuevas disposiciones excluyen a los productos protegidos bajo el T-MEC, existen diversos gravámenes que permanecen operativos actualmente.

Donald Trump. (AP Foto/Mark Schiefelbein, Archivo)

¿Cuáles son los aranceles que se mantienen para México?

Informes del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) señalan que la política arancelaria estadounidense ha sufrido una transformación profunda. Entre los puntos fundamentales sobre los impuestos que aún afectan la economía de México se encuentran los siguientes:

  • La anulación del arancel del 25 por ciento para productos que no cumplen con las normas del acuerdo comercial (México, EE.UU. y Canadá), estableciéndose ahora un impuesto del 10 por ciento para aquellos bienes fuera del tratado.
  • La vigencia de los gravámenes de la Sección 232 en rubros estratégicos como el sector automotriz, así como en mercancías de acero, aluminio y cobre, conforme a las directrices de la Casa Blanca.

Productos sujetos a impuestos bajo la Sección 232:

  • Autobuses: 10 por ciento.
  • Gabinetes y mobiliario de cocina: 25 por ciento.
  • Muebles de madera: 25 por ciento.
  • Madera blanda y madera aserrada: 10 por ciento.
  • Automóviles, camiones y autopartes (con excepción del contenido de origen estadounidense): 25 por ciento.
  • Cobre: 50 por ciento.
  • Acero y aluminio: 50 por ciento.

El organismo analista resaltó que la resolución emitida por el Congreso estadounidense fortalece la certidumbre jurídica en la región. Esto reafirma que Donald Trump no posee las facultades para alterar de manera discrecional las condiciones comerciales globales sin que exista un consenso previo.

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