El complejo escenario judicial derivado de la nacionalización de YPF ha sumado una nueva instancia clave. La República Argentina formalizó ante la corte del Distrito Sur de Nueva York una declaración jurada referente a las existencias de oro del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Este documento surge como respuesta a un requerimiento de la jueza Loretta Preska, quien emitió un fallo favorable al fondo Burford Capital en el litigio por la expropiación de la petrolera de bandera.
La estrategia de defensa del Estado argentino, planteada ante la magistrada, sostiene con firmeza que las reservas internacionales del BCRA poseen inmunidad soberana. Por este motivo, el Gobierno argumenta que dichos activos no pueden ser objeto de ninguna ejecución judicial, ya sea en los Estados Unidos o en cualquier otra jurisdicción internacional, más allá de los procesos de discovery solicitados por los demandantes. Esta postura técnica quedó plasmada en una declaración jurada suscrita por José Ignacio García Hamilton, secretario de Legal y Técnica del Ministerio de Economía.
En el escrito presentado, se detalla que se realizaron las consultas pertinentes para determinar la administración y ubicación del metal precioso. Para ello, se requirió información al ministro de Economía, Luis Caputo, así como al Ministerio de Seguridad y a las autoridades del propio BCRA. El organismo monetario, por su parte, ratificó su postura de no divulgar la información solicitada por el tribunal neoyorquino.
Esta declaración por parte de Argentina ocurre tras una resistencia inicial a entregar detalles sobre las tenencias de oro en el exterior. El tema es de extrema sensibilidad, dado que los fondos demandantes intentan identificar bienes nacionales que puedan ser ejecutados para saldar la millonaria sentencia por la estatización de YPF. La petición judicial incluía el acceso a números de cuentas, registros de movimientos y la ubicación geográfica precisa del oro, además de exigir la comparecencia de un funcionario con conocimiento técnico directo del asunto.
Defensa de la autonomía y seguridad financiera
Desde el BCRA se ha puesto énfasis en que revelar datos sobre la localización geográfica de las reservas —ya sea en términos pasados, presentes o futuros— tendría un impacto negativo en la ejecución de la política monetaria y cambiaria. Asimismo, advirtieron que esta acción comprometería el respaldo de los depósitos y la estabilidad general del sistema financiero. El organismo subrayó que la gestión de las reservas es una atribución propia de su carácter de ente autárquico, y que ceder ante tales requerimientos vulneraría su independencia funcional.
Fuentes gubernamentales de alto rango señalaron lo siguiente:
“Las reservas del BCRA gozan de inmunidad y no están sujetas a ejecución en los Estados Unidos, en la Argentina ni en ningún otro país, con independencia de cualquier solicitud de discovery”
Complementando esta idea, los portavoces oficiales aseguraron que:
“cualquier información relacionada con la ubicación geográfica pasada, presente o futura de las cuentas que utiliza para mantener sus activos de reserva en custodia podría afectar la política monetaria y cambiaria implementada, el respaldo de los depósitos y la seguridad del propio sistema financiero”

La posición argentina se consolidó tras un trabajo coordinado entre distintas dependencias, incluyendo el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Economía. El BCRA fue categórico al reiterar la necesidad de proteger la confidencialidad de las reservas internacionales como medida de resguardo soberano.
Impacto económico y litigio de largo alcance
Este conflicto se enmarca en la fase de ejecución de la sentencia por la expropiación de la petrolera, la cual condena a la Argentina a pagar la suma de 16.100 millones de dólares a los fondos Petersen Energía Inversora y Eton Park Capital Management. Estos actores iniciaron desde mayo de 2024 diversos pedidos de discovery con el objetivo de hallar activos estatales, poniendo el foco sobre reservas de oro estimadas en más de 1.000 millones de dólares.
A pesar de que la jueza Preska ordenó en agosto de 2025 la presentación de un testigo oficial para declarar sobre el oro, el equipo legal argentino argumentó que el representante designado no contaba con la preparación ni las credenciales exigidas para enfrentar el interrogatorio del tribunal. Ante esta situación, los fondos demandantes han solicitado una audiencia probatoria que incluya la presencia de funcionarios con mando directo, mencionando específicamente al ministro Luis Caputo.
La declaración jurada del secretario de Legal y Técnica de Economía tuvo como fin establecer los límites de la información disponible por el Estado nacional y defender el criterio de seguridad aplicado a datos sensibles. La Procuración del Tesoro también participó en este proceso, reafirmando que facilitar datos bajo administración del BCRA vulneraría su independencia funcional. Los argumentos de defensa se basan en razones de interés público, seguridad y el respaldo del sistema bancario nacional.
El pedido original de los demandantes exigía que Argentina detallara la ubicación del oro, las cuentas de depósito y la logística de traslado. En caso de que el Estado alegara falta de acceso a dicha información por estar bajo control del BCRA, los fondos solicitaron una audiencia con los responsables directos de dichas áreas.
Por el momento, la magistrada Preska no ha dictado una resolución final sobre este pedido de audiencia ni sobre la solicitud argentina para suspender el proceso de discovery. La defensa ya ha adelantado que, de recibir una respuesta adversa, apelará ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito. En los despachos oficiales, persiste un clima de rechazo hacia estos pedidos, a los que consideran contrarios a las leyes locales, la Constitución Nacional y los fundamentos del derecho internacional.
Finalmente, el conflicto por YPF y la presión sobre el BCRA continúan siendo un factor de incertidumbre para la política financiera del país, que busca por todos los medios evitar embargos externos y proteger su soberanía económica.
Fuente: Fuente