El Ministerio Público Fiscal ha formalizado un recurso de apelación ante la Cámara Federal de Casación Penal con el objetivo de incrementar las sentencias dictadas contra Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte. Ambos fueron hallados culpables por el intento de magnicidio contra la entonces vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, recibiendo penas iniciales de 10 y 8 años de cárcel, respectivamente. No obstante, la parte acusadora ha solicitado que estas se eleven a 15 años para el autor material y 14 años para su cómplice.
Las fiscales Gabriela Baigún y Mariela Labozzetta (perteneciente a la UFEM) fundamentaron su recurso en un desacuerdo profundo con el veredicto del Tribunal Oral Federal N° 6. Según las funcionarias, los jueces descartaron erróneamente dos agravantes clave que se presentaron durante el juicio oral: la alevosía y la violencia de género en su dimensión de violencia política.
Aunque el plazo legal para apelar se extiende hasta marzo, la presentación se realizó de manera anticipada debido a la jubilación de la fiscal Baigún. Según fuentes judiciales, el documento de 100 páginas sostiene que el tribunal omitió evidencias determinantes y aplicó una interpretación equivocada de la normativa legal vigente, ignorando el contexto del ataque ocurrido el 1 de septiembre de 2022 y los tratados internacionales de protección a la mujer.
El debate sobre la alevosía
En la sentencia original, los jueces argumentaron que no existió alevosía debido a que la víctima contaba con un equipo de custodia y estaba rodeada de simpatizantes, lo que, a su criterio, descartaba un estado de indefensión. Sin embargo, la Fiscalía rebate esta postura calificándola de dogmática y alejada de la realidad táctica del evento.
La acusación sostiene que Sabag Montiel actuó con total premeditación al infiltrarse entre la multitud, simulando ser un seguidor más para ganar proximidad. De este modo, aprovechó la confianza que la exmandataria depositaba en quienes se acercaban a saludarla para atacar sobre seguro, buscando un instante donde la reacción de la seguridad fuera nula.

El escrito judicial detalla que la presencia de escoltas no impidió que el ataque fuera sorpresivo. Según testimonios de los responsables de seguridad, el entorno se percibía como de
“público no hostil”
, una circunstancia que el agresor utilizó deliberadamente a su favor. El propio Sabag Montiel admitió haber estudiado el escenario para gatillar el arma en el momento más vulnerable. Por ello, las fiscales insisten en que la alevosía reside en la traición a la buena fe de la víctima y la ocultación del plan criminal hasta el último segundo.
Violencia política y razones de género
Otro punto de conflicto es el rechazo del tribunal a considerar la violencia de género, bajo el argumento de que no se demostró una motivación exclusivamente misógina. En contraposición, el Ministerio Público afirma que el atentado fue un acto de violencia política dirigido a obstruir el ejercicio de derechos de una mujer en la esfera pública.

Para respaldar esta tesis, la Fiscalía presentó pruebas digitales que revelan una animosidad específica hacia el feminismo y las mujeres con cargos de poder. Se detectaron búsquedas de Sabag Montiel sobre planes sociales vinculados al feminismo y el consumo de contenido que denigra a figuras femeninas prominentes.
Asimismo, el recurso destaca que tanto él como Brenda Uliarte participaban en comunidades digitales donde se difundían discursos de odio. El objetivo de estos grupos, según la fiscalía, es reinstaurar un orden social que excluya a las mujeres de los roles de liderazgo. Las fiscales concluyen que el Tribunal Oral Federal N° 6 realizó un análisis fragmentado de las pruebas e invisibilizó el componente de género.
Finalmente, las representantes del Ministerio Público solicitaron que la Cámara Federal de Casación Penal revoque el fallo e imponga las penas de 15 y 14 años por los delitos de homicidio agravado en grado de tentativa y portación ilegal de arma de fuego.
Fuente: Infobae