Por la negligencia de los servidores y exservidores del Estado, Ecuador está condenado a pagar cerca de $ 3.000 millones debido a fallos de arbitrajes nacionales e internacionales, lo que activó el debate en las fuerzas políticas por aprobar una ley de repetición.
Según datos de la Procuraduría General del Estado, desde 2015 hasta la fecha, Ecuador ha sido condenado a pagar $ 2.640′897.808 por arbitrajes sustanciados en tribunales internacionales y $ 201′439.154 por arbitrajes nacionales.
En total, las demandas suman $ 2.842′336.962 que Ecuador debe pagar por malas o erróneas decisiones de servidores o exservidores.
Hasta diciembre de 2024, según reportes de la Procuraduría, en arbitrajes internacionales hay 85 causas activas y otras ocho nuevas que son “desfavorables” para el país.
El año anterior las demandas internacionales ascendían a $ 125′705.131, pero en los tribunales el valor se logró reducir a $ 73′028.700. Un “ahorro” de $ 56′676.431, destaca el organismo, que actúa como ‘abogado del Estado’.
En los tribunales nacionales las demandas en contra del Estado sumaron $ 14′533.798, pero se redujeron a $ 12′441.237. Es decir, $ 2′092.560 menos en 2024.
En materia de violaciones a los derechos humanos, la Procuraduría resalta que se ha evitado el pago de $ 24′889.549 por demandas.
Es así como en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) Ecuador litiga en 354 casos; y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) notificó “seis nuevas comunicaciones”.
Pero este diagnóstico no es el que avivó el debate de la urgencia de una ley que obligue a los servidores gubernamentales responsables de sus acciones a devolver estos recursos.
Fue un fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, que obliga a Ecuador a pagar más de $ 220 millones en el llamado caso Chevron, lo que trajo al gobierno de Daniel Noboa a retomar este tema.
Su bancada en la Asamblea Nacional, Acción Democrática Nacional (ADN), advirtió de la urgencia de aprobar una ley de repetición en reproche a sus opositores del movimiento Revolución Ciudadana (RC), liderado por el exmandatario Rafael Correa, ya que en su administración se gestó la campaña mediática “La mano sucia de Chevron”.

El oficialismo puso para hoy en la agenda de la Asamblea Nacional el primer debate de un proyecto al respecto.
La repetición está contemplada en la Constitución, en el numeral 9 del artículo 11, que establece que el Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos o por las acciones u omisiones de sus funcionarios y empleados en el desempeño de sus cargos.
Por esto, el “Estado podrá ejercer de forma inmediata el derecho de repetición en contra de las personas responsables del daño producido, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas”.
Concretamente, la Corte Constitucional (CC) define a la repetición como una “acción especial que busca recuperar el dinero pagado por el Estado a las víctimas que han sufrido vulneraciones a sus derechos protegiendo el patrimonio público; y, por otro lado, busca prevenir conductas antijurídicas atribuibles a funcionarios del Estado”.
Esta figura está en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Código Orgánico General de Procesos y el Código Orgánico Administrativo, pero no cuenta con un marco jurídico especializado que permita su aplicación, según la Procuraduría.
Pese a esta falencia, la Asamblea Nacional no ha dado trámite a propuestas de ley en ese sentido.
En la última década, tres cuerpos legales han llegado a la Comisión de Justicia para su discusión, pero no al pleno legislativo para su aprobación.
En 2010, el ahora exlegislador del correísmo Mauro Andino presentó un articulado que llegó a primer debate.
En la Comisión de Justicia en 2011 se elaboró un informe para segundo debate, pero no volvió a ser considerado en el pleno ni para su aprobación, negación o archivo.
En 2021, el exprocurador del Estado Íñigo Salvador planteó otra iniciativa que se trató en la comisión y hay un informe para primer debate. Aunque al pleno no llegó para su discusión.
Dicho documento, de febrero de 2022, tuvo en la Comisión de Justicia de ese entonces cinco votos a favor, cuatro en contra y una abstención.
En contra votaron actores que en la actualidad son cercanos a Daniel Noboa, como Fausto Jarrín, hoy su asesor, que antes fue asambleísta de la Revolución Ciudadana, y exabogado de Rafael Correa.
Otra es Jhajaira Urresta, que es asambleísta y fue electa por el correísmo, pero que ahora es afín a las filas de ADN.
En 2025, el 3 de septiembre, el procurador del Estado en funciones, Juan Carlos Larrea, ingresó un nuevo proyecto de Ley Orgánica de Repetición que está en la Comisión de Justicia.
Ahí Larrea refiere la necesidad de establecer un mecanismo eficaz que permita recuperar recursos de los responsables directos de los daños al Estado.
Explica que esta omisión sistemática de la acción de repetición impide sancionar decisiones erráticas de las instituciones y la afectación directa a los principios de eficacia, eficiencia y responsabilidad.
“Esta omisión limita la capacidad estatal para recuperar recursos frente a actos u omisiones gravemente culposas y fomenta un clima de impunidad para aquellos funcionarios, que actuando con negligencia grave, ocasionan perjuicios al Estado y vulneran derechos fundamentales”, detalla el proyecto de ley.
El caso Chevron
El laudo en el caso Chevron se conoció esta semana; en él, Ecuador fue sentenciado a pagar una indemnización de $ 220′806.941 a la empresa Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company por denegación de justicia.
Pese a la sanción, la institución destacó que este valor es un 93 % más bajo de lo que Chevron-Texaco pretendía, que ascendía a $ 3.350 millones.

La decisión del Tribunal Arbitral de la Corte de La Haya considera que se violaron disposiciones del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) suscrito con Estados Unidos, por lo que su decisión es definitiva. Es decir, Ecuador debe pagar.
El procurador explicó que a esta medida podrán interponer correcciones, pero no cabe una apelación u otro recurso.
Con ello, lo que se esperaría es que el Ministerio de Economía y Finanzas proponga un mecanismo de pago: en una sola cuota o dividirlo para varios meses o años.
El caso se originó en 1993 cuando comunidades indígenas de Sucumbíos denunciaron ante la justicia ordinaria a Texaco, que es parte de Chevron, por los derrames de crudo ocurridos en sus territorios.
La Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos determinó un valor de $ 9.500 por daños ocasionados en contra de la petrolera y esta última llevó su caso a los tribunales internacionales, en donde se concluyó la vulneración de sus derechos.
El presidente de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador, Paúl Ocaña, recordó que esta figura existe y debería activarse para recuperar los recursos.
El constitucionalista Juan Francisco Guerrero, en una entrevista para radio Quito, indicó que, pese a que desde la Constitución de 1998 la repetición existe, “no ha habido la voluntad política” para aprobar una ley que viabilice su aplicación.
Enumeró ejemplos como la destitución de jueces del extinto Tribunal Constitucional o de los miembros del antiguo Tribunal Supremo Electoral, decisiones que fueron tomadas por órganos legislativos como el entonces Congreso Nacional (ahora Asamblea Nacional).
Esto hace que no haya interés de aprobar una ley de repetición. Según Guerrero, “como se dice coloquialmente, ‘entre bomberos no se pisan la manguera’ y llamaría la atención que la clase política decida avanzar en la expedición de una ley que en el futuro pueda ser aplicada en contra de esos mismos políticos”, reflexionó. (I)
Fuente: El Universo