El Real Madrid muestra su «satisfacción» por la resolución del TS respecto a los derechos audiovisuales

El fallo dictado por el Tribunal Supremo determina que el Real Madrid debe percibir aproximadamente 8,8 millones de euros tras anularse una parte de los estatutos de LaLiga que regulaban el reparto de ingresos audiovisuales para la temporada 2015-2016. De acuerdo con la información publicada por la agencia Europa Press, este dictamen responde al recurso presentado por el club blanco y establece que el Real Madrid fue “ilegítimamente privado” de esa suma como consecuencia de una modificación estatutaria promovida por LaLiga en dicho año.

Según informó Europa Press, la resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) anula la Disposición Adicional Segunda de los Estatutos de LaLiga, introducida en 2015 “sin habilitación legal” y destinada a modificar la distribución de los ingresos provenientes de los derechos audiovisuales correspondientes a la temporada 2015-2016. El Real Madrid, a través de un comunicado, calificó la sentencia como una confirmación de los argumentos expuestos sobre la ilegalidad de la reforma estatutaria que afectó el reparto económico entre los clubes.

La sentencia considera que la modificación establecida por LaLiga se apartaba de los criterios generales definidos por la legislación, y señala que la distribución legal exigía que el 60% de los ingresos audiovisuales se asignara a los clubes de Primera División y el 40% a los de Segunda División, con reparto igualitario dentro de cada categoría. Según explicó el Real Madrid, si se hubiera aplicado este reparto, los clubes de Segunda División habrían recibido unos 88 millones de euros adicionales, entre los que se incluyen entidades como Alavés, Albacete, Córdoba, Elche, Girona, Huesca, Leganés, Mallorca, Osasuna, Real Oviedo, Tenerife, Real Valladolid, Real Zaragoza, entre otros.

El club blanco también resaltó que la resolución restablece la legalidad y fortalece la obligación de que toda decisión relevante en el fútbol español respete tanto la normativa vigente como la transparencia. El Tribunal Supremo desestimó por completo el recurso presentado por LaLiga y ratificó el dictamen previo de la Audiencia Nacional, dando validez plena a los argumentos presentados por el Real Madrid. El comunicado oficial del club describió la sentencia como de relevancia “fundamental” para los intereses económicos de los clubes implicados en la Segunda División durante esa temporada y para el propio Real Madrid, incidiendo en que tanto ellos como el resto de entidades señaladas fueron perjudicadas “ilegítimamente” por la actuación de LaLiga.

Por su parte, LaLiga respondió al posicionamiento del Real Madrid mediante un comunicado en el que rechazó “la lectura sesgada y oportunista” atribuido por el club merengue. La organización que representa a los clubes españoles manifestó que la interpretación de la sentencia que difundió el Real Madrid “desfigura el contenido y alcance real del fallo”, además de inducir “a confusión sobre un asunto técnico y acotado, ajeno al relato interesado que pretende imponer el Real Madrid”, según consignó Europa Press.

En su explicación institucional, LaLiga detalló que la sentencia afecta únicamente una previsión estatutaria transitoria aplicada en la temporada 2015-2016, creada para cubrir lo que consideró una laguna no prevista en la legislación de aquel entonces. Según la entidad, la sentencia aclara que esa previsión estatutaria introdujo “un régimen específico que se aparta de los criterios de reparto de los ingresos entre los participantes en el campeonato nacional de liga establecidos con carácter general en el artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015”. En virtud de este Real Decreto-ley, el 90% de los ingresos debe asignarse a clubes de Primera División y el 10% restante a los de Segunda División, con criterios adicionales como el mérito deportivo para definir el reparto interno en cada categoría.

LaLiga calificó de “radicalmente falso” que la resolución reconozca o avale el sistema de reparto que defiende el Real Madrid. Según el organismo, la sentencia no establece un nuevo esquema distributivo ni obliga a rehacer el reparto ejecutado, sino que confirma que debe prevalecer el criterio del artículo 5 del Real Decreto-ley 5/2015, estándar que, según la institución, ya aplicó durante la temporada en cuestión. Además, la organización destacó que ningún otro club, fuera del Real Madrid, ha participado en el procedimiento o expresado oposición sobre los acuerdos logrados, y recordó que todos los equipos de Primera y Segunda División votaron a favor de la reforma estatutaria y del acuerdo sobre los ingresos de esa temporada, articulados mediante procesos asociativos internos.

El comunicado de LaLiga incidió en que el organismo ha procedido y proseguirá con “la máxima transparencia y respeto al marco legal”. También señaló que las soluciones transitorias fueron diseñadas para evitar vacíos regulatorios y asegurar la estabilidad de la competición, y que en vista de la nueva resolución, los criterios del artículo 5 seguirán guiando las futuras decisiones de reparto. Según LaLiga, la prioridad es defender la integridad de la competición y la igualdad competitiva entre los clubes, procurando un marco previsible y equitativo de distribución de recursos.

Finalmente, el organismo expresó su desacuerdo con la “interpretación interesada” atribuida al Real Madrid y recalcó que la sentencia no reconoce crédito alguno ni para los clubes de Segunda División ni para el propio club blanco, ni solicita ninguna modificación de los acuerdos previamente alcanzados respecto a los ingresos de la mencionada temporada, según detalló la información de Europa Press.

Fuente: Infobae

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