El Ejecutivo encontró el camino para recuperar los textos de las leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública que fueron expulsadas del ordenamiento jurídico mediante sentencia de la Corte Constitucional (CC), que determinó la inconstitucionalidad por la forma, al inobservar los procedimientos.
La legislatura donde el Gobierno de Daniel Noboa tiene mayoría acelera el paso y en cada proyecto en trámite encuentra espacio para introducir, por la vía ordinaria, los textos que fueron bloqueados por la Corte.
Para el sector de oposición este mecanismo constituye un “atajo político”, porque se pretende ahorrar tiempo, pero también una “arbitrariedad”, porque la legislatura vuelve a cometer el mismo error que fue advertido por la CC, de afectar el principio deliberativo antes de someter a votación en pleno.
Entre la ley de Solidaridad Nacional y la de Integridad Pública, la Asamblea Nacional introdujo reformas a 25 leyes, lo cual fue observado en la sentencia de la Corte Constitucional por falta de unidad de materia y también por no haber observado el procedimiento para el trámite de las leyes en dos debates.
En el caso de la ley de Solidaridad Nacional se introdujeron reformas a la ley de Régimen Tributario Interno para viabilizar donaciones para las FF. AA. y Policía Nacional, donde los contribuyentes obtienen una rebaja de hasta el 30 % del impuesto a la renta. Estos textos nuevamente fueron incorporados en la ley urgente denominada para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que está en trámite en la Asamblea y cuyo plazo vence el 1 de noviembre próximo.
También se aplicaron reformas a la ley orgánica de Movilidad Humana, relacionadas con otorgar visas de transeúnte, es decir, la autorización para transitar por el Estado ecuatoriano otorgada a las personas de las nacionalidades que la autoridad de movilidad humana determine. Esta reforma es parte del segundo debate que actualmente se realiza en la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea y pronto estará el informe para segundo debate, en el que además se incluirán reformas para optimizar los procesos de deportación, evitar el uso del país como ruta de tránsito irregular.
En cuanto a la ley de Integridad Pública, la mayoría de los cambios respecto a contratación fueron recogidos en un proyecto de reformas al Sistema Nacional de Contratación Pública en un proyecto que aguardaba su turno en la Comisión de Régimen Tributario, y los textos fueron incorporados en segundo debate y aprobados por la Asamblea Nacional, y de forma inmediata el Ejecutivo ordenó su publicación en el Registro Oficial.
Esta misma ley declarada contenía un bloque de reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero, respecto a la creación de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, su conformación por cinco miembros designados y posesionados por la Asamblea Nacional, de entre cinco candidatos propuestos por el presidente de la República. Todo este capítulo se reinserta en un proyecto de reformas al Código Monetario y que se incluyó en la sesión virtual del 8 de octubre de 2025.
En este texto se incluye una disposición transitoria que valida la designación de los miembros de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, posesionados el 16 de septiembre de 2025 por la Asamblea Nacional.
Esteban Torres, de la bancada oficialista ADN, sostiene que los artículos de las leyes reformadas no fueron declarados inconstitucionales, sino el procedimiento; pero indicó que es un recurso político que se emplea para no dejarse “tumbar las leyes”.
Explica que los cambios de una ley, en segundo debate, no hace falta que se discutan en dos debates, pero sí se pueden incorporar cambios de cara al segundo debate; lo que se ha cuestionado es que cuando ha culminado el segundo debate se incorporen cambios que no fueron debatidos o sugeridos en el pleno.
Torres revela que en la Comisión de Justicia se está discutiendo para ver si en la reforma al Código Orgánico de la Función Judicial, que todavía sigue en primer debate, se incorporan normas para sancionar a jueces que liberan de forma muy seguida a los delincuentes.
También se analizan cambios en el Código Orgánico Integral Penal tomando en cuenta un proyecto que está en trámite.
El asambleísta Alfredo Serrano, del Partido Social Cristiano (PSC), sostiene que la intención del Gobierno es usar atajos para incorporar todas las reformas a las leyes que fueron dadas de baja mediante sentencia de la CC, pero estos atajos sirven siempre y cuando estén enmarcados en la ley. En este caso, no es viable hacer lo que hizo con la ley de Contratación Pública, porque una de las razones por las cuales la Corte declaró inconstitucionales estas leyes es porque no se cumplieron con los dos debates.
Por lo tanto, no podía la Asamblea incorporar en la ley del Sistema Nacional de Contratación Pública todas esas reformas que metieron, porque nunca fueron sometidas al primer debate. Si bien es cierto este no era un proyecto económico urgente, pero no estuvieron en el primer debate muchos artículos que los metieron en segundo debate. “Eso contraría la sentencia de la Corte y contraría el artículo 137 de la Constitución que dice que toda ley debe ser sometida a dos debates.
Incluso, añadió, en el copy page que hicieron con respecto a los textos que se incluyeron en la ley de Contratación Pública se olvidaron de cambiar la fecha, y por eso la Asamblea tuvo que enviar una errata. Entonces, “yo creo que es un claro desafío a la sentencia de la Corte Constitucional”, resaltó Serrano Valladares, quien advirtió que cualquier ciudadano nuevamente puede demandar la inconstitucionalidad por la forma.
Luis Molina, de la bancada Revolución Ciudadana (RC), explica que al incorporar textos de una ley declarada inconstitucional en la Ley de Contratación Pública y en el Código Monetario Financiero, lo que hace la Asamblea es cometer los mismos errores de procedimiento que en la ley económica urgente, porque se incorporan textos sin cumplir con lo que establece la ley, es decir, los ocho días que debía regresar a la Comisión, y por lo tanto, se omitió un estándar importante que desarrolla la Corte Constitucional, que es el principio deliberativo, porque se incorporaron a último momento artículos que los legisladores tuvieron acceso minutos antes de conocer el informe de aprobación.
Advierte que lo mismo va a ocurrir en las reformas del Código Monetario, porque si bien en la Comisión es donde se incorporan los textos, pero si esto no es debatido o discutido en la Comisión artículo por artículo igual se incumple el principio deliberativo.
Frente a esto, Molina dice que hay dos caminos, una acción de seguimiento de sentencia o la posibilidad de una nueva demanda de inconstitucionalidad para analizar el fondo del asunto, de una o de otra manera le corresponde nuevamente a la Corte pronunciarse.
La representante de Pachakutik, Mariana Yumbay, señala que con el procedimiento aplicado en la ley del Sistema de Contratación Pública se está violentando una vez más el derecho a la participación y un debate mucho más sostenido.
Lo más grave de todo esto es que se incorporan artículos que fueron declarados inconstitucionales y eso es preocupante, y se conoce que varios sectores van a demandar la inconstitucionalidad.
Respecto a las reformas al Código Monetario que incorpora el capítulo de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria y todo lo relacionado al Banco Central, es “una actuación totalmente tramposa, porque se trata de incorporar textos de último momento y sin debate, lo cual es un signo de desesperación”, apunta la representante de la provincia de Bolívar por Pachakutik. (I)