Caso Triple A | Copedesa, la ‘joya’ de Aquiles Alvarez, alista una demanda al Estado

En septiembre de 2024, las estaciones de servicio de la empresa Copedesa S.A. fueron clausuradas como consecuencia del llamado caso Triple A, que comenzó en julio de ese año y en el que se procesa al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, por el presunto delito de comercialización ilegal de combustible en la frontera norte. La empresa, cuyos ingresos pasaron de USD 1.5 millones en el 2021 a USD 53,2 millones en el 2023, ahora alista una demanda al Estado.

 

Caso Triple A: Estas son las empresas procesadas por la Fiscalía y ligadas al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez
La Compañía del Petróleo y sus Derivados S.A. (Copedesa S.A.), de propiedad del Alcalde, sus hermanos y su madre, creada en octubre de 1967, es investigada por la justicia. Hay 10 personas vinculadas en la causa judicial.

En el ejercicio fiscal 2023, Copedesa registró los mayores ingresos: USD 53.265.703, según los números presentados por esa firma ante la Superintendencia de Compañías. En 2024, pese al cierre de las gasolineras, los ingresos se ubicaron en USD 44.073.492.

Ese año comenzó la investigación que llevó a la clausura de sus estaciones de servicio y a la terminación unilateral del contrato que mantenía con la estatal Petroecuador para la compra de combustible.

“El cierre de la actividad principal de las gasolineras, que es la comercialización de combustible, ha traído consecuencias económicas millonarias, el dejar de operar, tener que dejar de pagar salarios a un número importante de empleados”, dice Joffre Campaña, defensor de Copedesa S.A.

 

Terminación de contrato
El 19 de septiembre de 2024 la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) le abrió un expediente administrativo a Copedesa y dispuso la clausura de sus gasolineras.

“Aproximadamente a las 15:00, a través de un operativo conjunto entre la Policía Nacional y servidores de la ARCH, estos últimos procedieron a notificar a Copedesa con el auto de inicio de instrucción del expediente administrativo sancionador”.

Fernando Viteri Henriques, presidente de Copedesa en escrito judicial
La Comisaría de la ARCH, encargada de ejecutar la sanción, había ordenado en septiembre una medida cautelar administrativa, que consistía en la suspensión de las actividades de Copedesa. Sin embargo, una decisión de un Tribunal Distrital Contencioso Administrativo dispuso que se levante la medida el 18 de noviembre de 2024, que no se cumplió.

A esto se sumó el informe de un comisario de la ARCH, encargada de ejecutar la sanción, que había ordenado en septiembre una medida cautelar administrativa, que consistía en la suspensión de las actividades de Copedesa. Tampoco se cumplió.

“Pese a que la propia ARCH reconoció que no tenía facultad para cerrar, las gasolineras no volvieron a funcionar, porque Petroecuador se negó a vender combustible, inclusive hubo una decisión judicial a una acción de protección que obligaba a Petroecuador a seguir vendiendo, pero no acataron la decisión”.

Joffre Campaña, abogado de Copedesa S.A. ante ARCH
Con una acción de protección, ante la Corte Constitucional, Copedesa busca que Petroecuador cumpla el contrato de venta de combustible, alegando los siguientes argumentos:

Copedesa y Petroecuador firmaron el 21 de mayo de 2021 un contrato en el que la estatal petrolera se comprometía a “suministrar combustible para el segmento automotriz” por un plazo de cinco años, hasta mayo de 2026.
Copedesa firmó contratos con distribuidoras, entre ellas Gasgrupco S.A. y Gasolineras Guayaquil Gasquil S.A., que abrieron 11 y una estaciones de servicio, respectivamente.
El contrato entre Copedesa y Petroecuador establecía que una de las obligaciones de Copedesa era “verificar que los distribuidores autorizados de su red no desvíen el combustible entregado por Petroecuador, dentro y fuera del territorio nacional”.
Tres años después del contrato, Petroecuador solicitó, el 12 de julio de 2024, que Copedesa demuestre que ha cumplido con la obligación de supervisar a las distribuidoras de su red.
Luego de cumplir con la información exigida por Petroecuador, Copedesa no recibió ningún requerimiento adicional o notificación de Petroecuador, por lo que resulta evidente que cumplió lo solicitado por dicha entidad.

Mediante un informe técnico de la ARCH, el 14 de enero de 2025, la agencia concluyó que Copedesa incumplió su obligación de verificar que sus comercializadoras no desvíen combustible y dispuso a Petroecuador que declare terminado unilateralmente el contrato y que suspenda el suministro de combustible a Copedesa, lo que fue acogido por la petrolera el 4 de febrero de 2025.

Demanda de la empresa
Con la clausura de sus gasolineras, primero, en septiembre de 2024, y luego con la terminación del contrato con Petroecaudor, en febrero de 2025, Copedesa habla de afectación. El balance financiero presentado por esa firma ante la Superintendencia de Compañías señala que en 2024 cerró sus finanzas con números rojos, una pérdida de USD 618.171.

Su principal comercializadora, Gasolineras Copedesa Gasgrupco S.A., de propiedad del alcalde Aquiles Alvarez y sus hermanos, también reportó pérdidas. En 2023, Gasgrupco, que tiene 11 gasolineras en el país, tuvo ingresos por USD 24.597.257, el 13,3% menos que en 2023 en que sus ventas ascendieron a USD 27.725.792.

Su balance financiero de 2024 cerró con una pérdida de USD 1.438.251, a diferencia de 2023, cuando reportó una utilidad de USD 281.332. Gasgrupco se creó en 2021 con el objeto principal de “dedicarse a la venta al por mayor de combustible líquido, nafta gasolina, biocombustible, lubricantes y aceites”.

Joffre Campaña, abogado de Copedesa, en una rueda de prensa en Guayaquil, el 17 de enero de 2025.API
“Los efectos económicos y patrimoniales son enormes, eso hace que la empresa busque intentar reinventarse”, dice el abogado Joffre Campaña, quien anuncia que Copedesa S.A. alista una demanda contra el Estado y que un perito ya elabora un informe para determinar el monto del perjuicio económico y el reputacional.

Tras la clausura de las gasolineras, Gasgrupco presentó en noviembre de 2024 a la Superintendencia de Compañías una solicitud de reforma a su objeto social, la misma que fue aceptada y que le permite aumentar el giro de su negocio para dedicarse también a “actividades logísticas”, señala la escritura de la reforma.

Proceso judicial
Copedesa es una de las seis personas jurídicas llamadas a juicio dentro del llamado caso Triple A, junto con Fuelcorp, Corpalubri, Ternape Petroleum, Indudiesel y Harsajudi S. A. El alcalde Aquiles Álvarez también es uno de los procesados.

La investigación se inició tras una denuncia presentada por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (Arconel), en la que se alertaba sobre una distribución y comercialización irregular de combustibles, lo que habría generado un perjuicio al Estado ecuatoriano, debido a diferencias considerables entre el volumen despachado y el facturado por varias estaciones de servicio y empresas comercializadoras.

Según la investigación de Fiscalía, el perjuicio económico al Estado ascendería a USD 61.502.658, correspondiente a 22,777.191 galones de combustible (diésel y gasolina).

Según los informes periciales, las capacidades de almacenamiento de las estaciones de servicio no corresponden con el volumen adquirido a las empresas procesadas.

Este caso es procesado por la Fiscalía conforme al artículo 265 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica y sanciona el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales, o mar territorial. La pena puede alcanzar hasta cinco años de privación de la libertad.

De acuerdo con el artículo 264 del COIP, si se determina la participación y responsabilidad de una persona jurídica en el cometimiento de la infracción, la sanción comprenderá además la clausura temporal por un tiempo igual al de la privación de la libertad dispuesta para la persona natural. «La misma inhabilitación será dispuesta para los socios o accionistas de la persona jurídica».
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