El ver que a una amiga que se quedó sin trabajo en la pandemia y pasó casi dos años en mora con el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) no le quitaron su casa y pudo arreglar su situación fue lo que terminó de convencer a Monserratte de comprar su vivienda en el 2023 con un crédito hipotecario del Biess y no a través de un banco privado donde ella veía más beneficios.
“Si me botan del trabajo, el Biess me aguanta”, pensó en ese momento. Ahora espera que su crédito no pase a otra institución financiera ni le cambien las reglas de su hipoteca con la vigencia de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, que permite al Biess vender su cartera crediticia vencida.
Según la ley, el Banco del Seguro Social podrá vender la cartera de préstamos hipotecarios, prendarios o quirografarios, es decir, aquellos créditos que están en mora.
Afiliados y jubilados del IESS han expresado dudas similares, pues temen perder sus viviendas rápidamente si no logran pagar sus créditos a tiempo si el Biess vende esas operaciones a bancos privados.
Como la ley apenas se publicó en el Registro Oficial, el 1 de octubre del 2025, todavía no se ha emitido el reglamento ni tampoco normas secundarias que aterricen el contenido de la ley y den más claridad de su aplicación y alcances.
La incertidumbre se da porque se trata de un tema técnico que podría resultar confuso, dice Fabián Carrillo, exviceministro de Finanzas y exmiembro del directorio del Biess.
Carrillo menciona que si existen casos de personas que llevan meses o hasta años sin pagar al Biess sus hipotecas, y a pesar de ello continúan viviendo en sus casas, no es por alguna cláusula legal especial de la entidad, sino por una deficiente gestión de cobranza, lo cual perjudica al Banco.
El exviceministro cree que es menos probable que el Banco del IESS venda las hipotecas vencidas debido a la alta tasa de morosidad que registran.
A diciembre de 2024, la morosidad hipotecaria alcanzaba el 12,74 %, según datos oficiales del Banco.
Esto hace que la cartera hipotecaria sea menos atractiva para las instituciones financieras.
“Las carteras con alta morosidad no son las más atractivas para la venta, ya que al venderlas, el acreedor pierde la jurisdicción coactiva que sí tiene el Biess sobre las deudas. Si mañana un banco privado o una institución financiera privada compra esa cartera, no va a tener la jurisdicción coactiva del Biess por ser un banco de naturaleza semipúblico, creado por ley. Eso creo que mitiga la preocupación que tienen algunos afiliados”, dice Carrillo y remarca que el Banco del Seguro Social debe tener mayor capacidad de gestión de las operaciones morosas.
En cambio, observó que la cartera quirografaria sí tendría más posibilidad de ser vendida, porque tiene mejor calidad y mucho menos riesgo de caer en impago porque se respalda en los propios fondos de los asegurados (cesantía y fondos de reserva).
“Si el afiliado incumple el pago del quirografario, se cobra del propio fondo que respalda la operación. Entonces, no hay riesgo de crédito ahí o es muy menor”, señala.
La tasa de morosidad de los créditos quirografarios es mínima. Se ubicó en el 0,87 % a diciembre de 2024.
Condiciones de créditos generalmente se mantienen
De acuerdo con la Memoria Institucional del Biess de 2024, desde septiembre de ese año se realizaron 2.194 castigos de cartera vencida que superaron los 1.080 días de mora, con un valor de $ 76,8 millones. La entidad indica que ese fue uno de los factores para reducir el índice de mora.
Desde el año 2010 y hasta agosto de 2025, el Banco ha concedido un total de 253.855 operaciones de hipotecarios por un monto acumulado de $ 11.500 millones.
Mientras que en quirografarios se registran 29,1 millones de operaciones por un valor de 34.574 millones de dólares.
El Banco del IESS define que la cartera vencida “son las cuotas o dividendos de créditos otorgados por el Biess que no se han logrado cobrar en la fecha de pago establecida”.
Si el Biess decide vender carteras, generalmente las condiciones del crédito se mantienen, y cualquier modificación requiere el consenso entre ambas partes, comenta el exviceministro.
“Usted compra una cartera, que es básicamente un flujo de pagos, que tiene un comportamiento en el tiempo: una tasa, una forma de amortización, un plazo. Ese flujo de pagos está recogido en los contratos de crédito que tiene el Biess con cada una de las personas. Entonces, una vez que usted compra la cartera, si es que es de interés y de conveniencia a la persona, en el futuro, cambiar las condiciones, las puede cambiar, pero necesita que haya voluntad de las partes porque existe un contrato de crédito. No es discrecional, eso no funciona así y no debería”, describe Fabián Carrillo.
Si un banco privado adquiere la cartera hipotecaria vencida buscará todos los mecanismos para cobrar el dinero, porque no es negocio para las instituciones llenarse de inmuebles, indica la economista Margarita Velín, docente de la Escuela Politécnica Nacional (EPN).
Gestores de cobranza
Para recuperar su cartera vencida, el Biess contrata a gestores privados que prestan servicios de cobranzas.
En el reglamento para la selección de gestores de cobranza, emitido en septiembre de 2024, se definen dos tipos de cobranzas: administrativa y extrajudicial.
La primera consiste en notificaciones de cobro mediante diferentes acciones y canales. Se aplica en los deudores que registran hasta 60 días de mora en sus créditos hipotecarios, hasta 30 días de mora en quirografarios y hasta 15 días impagos en créditos prendarios.
Si las acciones administrativas no dan resultados, procede con la cobranza extrajudicial, como paso previo a la cobranza judicial.
Se efectúan gestiones de cobro extrajudicial hasta que la operación sea declarada de plazo vencido y enviada a etapa coactiva, dice el reglamento.
Fuente: El Universo
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