La Corte Constitucional admitió a trámite la acción extraordinaria de protección presentada por Augusto Verduga, Eduardo Franco Loor, Yadira Saltos y Marisol Párraga, a un año de que fueran destituidos del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
La decisión fue adoptada el 8 de septiembre de 2025 por el Tribunal de la Sala de Admisión, integrado por los jueces Karla Andrade, Alí Lozada y Richard Ortiz.
En la resolución, los magistrados otorgaron un plazo de 15 días al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para que presente sus descargos.
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Los destituidos consejeros de la denominada ‘Liga Azul’ del Cpccs argumentan que la relevancia del caso radica en que «se podría solventar una grave violación a sus derechos al debido proceso, en la garantía del principio de legalidad y a la seguridad jurídica» en esta causa.
Los cuatro fueron destituidos por el TCE el 3 de septiembre de 2024, tras ser señalados de haber recibido auspicio de la Revolución Ciudadana para acceder al Cpccs, lo que fue considerado una infracción electoral muy grave.
Además de la destitución, el TCE les impuso una multa de setenta salarios básicos unificados, la suspensión de sus derechos políticos por cuatro años, lo que dio lugar a una nueva recomposición de fuerzas en el Cpccs.
La Sala de Admisión de la Corte Constitucional consideró que este caso «reviste de relevancia porque permitiría, prima fase, el establecimiento de precedentes jurisprudenciales tanto respecto del régimen de precedentes emitidos por el Tribunal Contencioso Electoral como en relación con su aplicación en el tiempo».
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