Nuevo proyecto de ley: vender cartera del Biess ‘fortalece a las finanzas públicas, no a los afiliados y jubilados’

El nuevo proyecto de ley urgente para el Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia del Gobierno “no busca beneficiar a los afiliados y pensionistas” del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), sino priorizar las finanzas públicas utilizando al Banco del IESS (Biess), a través de la titularización de la cartera de créditos del banco.

Esa es la dura crítica de Henry Llanes, presidente del Frente por un Nuevo IESS, ante las reformas planteadas por el Ejecutivo, el 28 de agosto del 2025, a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) y a la Ley de la Seguridad Social.

Llanes fue quien a inicios de agosto planteó una demanda en contra del presidente de la República, Daniel Noboa, por el presunto incumplimiento de la sentencia 72-24-IN/25 de la Corte Constitucional (CC), emitida en enero de este año.
La sentencia declaró inconstitucional la ley que reformó las leyes del IESS y el Biess en la parte sobre el mecanismo de elección del Consejo Directivo del IESS. Esa ley está vigente desde junio de 2024, fue impulsada originalmente por iniciativa de Llanes, pero su contenido se modificó en la Asamblea Nacional.
La Corte dio un plazo de seis meses, que venció en julio pasado, para que el Ejecutivo presente a la Asamblea un proyecto de ley sobre la forma de elección del Consejo Directivo, con financiamiento técnico y legalmente respaldado.
El mandatario debía tomar en cuenta el proyecto de ley original que promovió Llanes.

Ahora, en el proyecto de ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia el Ejecutivo cita la sentencia de la Corte Constitucional y plantea un procedimiento para la elección del Consejo Directivo.
Pero no es el único tema que el presidente de la República puso en el proyecto, sino que aprovechó para introducir otros aspectos técnicos relacionados con el Biess, como por ejemplo “realizar operaciones de venta de cartera hipotecaria, prendaria y quirografaria”, entre otros asuntos.
Por ello, Llanes sostiene que el reciente proyecto legal no cumple con la sentencia de la Corte ni respeta la unidad de la materia, porque trata temas de diversa índole.
Asegura que esa ley quiere titularizar y pignorar los recursos del Biess. “El fortalecimiento y sostenibilidad crediticia es para las finanzas públicas, no para los afiliados y jubilados. Siempre ha habido presión en los últimos años por titularizar la cartera de préstamos del Banco del IESS porque es la más segura, la más rentable”, indica Llanes.
Y explica que esa cartera es muy atractiva para las entidades financieras, que con esta reforma podrían comprarla; y si, por ejemplo, es de $ 7.000 millones la cartera quirografaria, dan en efectivo $ 5.000 millones al Biess, y “el Estado podría obligar al Biess a que siga invirtiendo sus recursos en bonos, y por esa vía contar con liquidez para financiar el déficit presupuestario, bajo el mecanismo de la pignoración (dar prenda), cuyo término consta en el proyecto de ley, porque para conceder los préstamos quirografarios el Biess no requiere pignorar sus recursos”.
Con relación a la reforma sobre fondos complementarios y de los fideicomisos, asegura que “ya existe una normativa vigente. Por lo tanto, la propuesta que envía el Gobierno a través de este proyecto de ley es redundante”.
Elección del Consejo Directivo del IESS
Puntualmente, el proyecto sugiere que “el costo operativo del proceso electoral para elegir a los miembros del Consejo Directivo del IESS, que se eligen a través de registros electorales, será elaborado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y financiado conforme lo regule el Consejo Directivo del IESS, para lo cual podrá identificar cualquier fuente de financiamiento, avalada por estudios técnicos de factibilidad financiera”.
Para Llanes, la propuesta no atiende lo ordenado por la Corte Constitucional.
Por una parte, dice, no detalla cómo será el procedimiento en sí, solo retoma la propuesta inicial que fue debatida en la Asamblea Nacional como una iniciativa popular a través de la recolección de firmas.
Biess como banca de inversión
El nuevo proyecto de ley urgente para el Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia tiene tres artículos, dos disposiciones reformatorias a la Ley del Biess y a la Ley de Seguridad Social y dos transitorias.
El objeto de la propuesta es establecer reformas urgentes al sistema previsional y financiero del Biess para garantizar la transparencia en la administración de los fondos complementarios previsionales cerrados. La finalidad es garantizar el respeto a los derechos de los beneficiarios del sistema de seguridad social mediante la recuperación, devolución y adecuada gestión de los fondos de naturaleza previsional.
Se prevé que el objeto social del Biess sea la prestación de servicios financieros bajo criterios de banca de inversión para la administración de los fondos previsionales públicos del IESS y la prestación de servicios financieros, además de añadir acciones como recibir, gestionar y aceptar operaciones de reportes y créditos de entidades financieras nacionales o extranjeras, realizar operaciones de venta de cartera y que pueda liquidar negocios fiduciarios que no hayan cumplido su objeto en un plazo de 24 meses, entre otros.
La segunda transitoria plantea que los fondos complementarios previsionales cerrados que administra el Biess empezarán el retorno a la administración de sus partícipes en un plazo de 90 días. (I)

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