La Ley de Transparencia Social, aprobada el 26 de agosto por la Asamblea Nacional, faculta a la UAFE para realizar análisis financiero y económico a «servidores públicos salientes» de las entidades del Gobierno central, de acuerdo con el período en el que hayan ejercido funciones.
Concretamente, la medida está dirigida a:
Máximas autoridades de las entidades públicas del Gobierno central.
Viceministros, subsecretarios, directores o subdirectores de las entidades de la Función Ejecutiva.
Familiares de los funcionarios mencionados hasta el segundo grado de consanguinidad (hermanos, abuelos, nietos) y segundo de afinidad (cuñados, abuelos o nietos del cónyugue)
Este análisis podrá realizarse «a petición de parte y bajo discrecionalidad institucional», explica la norma en su disposición reformatoria tercera, que incluye reformas a la Ley de Prevención y Combate del Lavado de Activos y Financiación de otros Delitos.
En qué consiste la nueva evaluación que se aplicará a los servidores públicos y que podría terminar en destitución
Y deberá incluir la información general, financiera, tributaria, económica, patrimonial, societaria y demás que estime necesaria la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
La UAFE es la entidad responsable de la recopilación de información y realización de reportes para la prevención y erradicación del lavado de activos.
Una vez realizado el análisis, la UAFE no podrá realizar un nuevo análisis financiero o económico de esas autoridades por el mismo período, aclara la norma.
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