Funcionarios de carrera serán destituidos si sus evaluaciones son regulares o insuficientes

El reglamento de la Ley de Integridad Pública señala que los funcionarios públicos de carrera, es decir lo que cuentan con nombramiento, serán destituidos en caso de obtener calificaciones regulares e insuficientes, en sus evaluaciones.

Con la nueva norma puesta en vigencia desde el pasado 26 de junio de 2025, se establece que las evaluaciones no serán una vez al año, como solía hacerse, sino que ahora deberán realizarse semestralmente o incluso de oficio si es que existe una alerta de incumplimiento a la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) o la norma técnica que emita el Ministerio de Trabajo.

Las calificaciones de mayor a menor van desde:

  1. Excelente
  2. Muy bueno
  3. Satisfactorio
  4. Regular
  5. Insatisfactorio

Con satisfactorio la estabilidad laboral del funcionario es condicionante, puesto que el reglamento habla de que, si por tres veces consecutivas obtiene esta calificación, el servidor será sometido a lo dispuesto en el literal M de la Losep.

“Causal de destitución: Haber obtenido la calificación de insuficiente en el proceso de evaluación del desempeño, por segunda vez consecutiva”.

En cuanto al parámetro de regular, se indica que el trabajar volverá a ser evaluado en el plazo de tres meses. De obtener la misma o menor calificación o menor, será destituido de su puesto, previo el sumario administrativo que se efectuará de manera inmediata.

Con insuficiente el servidor público estaría demostrando deficiencia laboral grave y será destituido de su puesto, previo el respectivo sumario administrativo que deberá iniciarse máximo en el término de cinco días de emitido el resultado de la evaluación de desempeño, informe técnico o auditoría institucional que lo evidencie.

A los funcionarios que obtengan excelencia o muy bueno, podrán acceder a comisiones de servicio con y sin remuneración; políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento, concursos para ascensos dentro de la carrera y otros estímulos.

Notificaciones por desvinculación

La notificación al servidor sumariado podrá ser realizada por cualquiera de los siguientes medios:

  • Mediante una boleta entregada en el lugar de trabajo;
  • Con tres boletas dejadas en el domicilio o residencia que el servidor haya indicado en su expediente personal
  • Mediante tres boletas remitidas al correo electrónico personal del servidor, que haya consignado en los formularios o medios de registro pertinentes a cargo de la Unidad de Talento Humano.
  • Con tres boletas, a través del Sistema de Gestión Documental – Quipux o el sistema de gestión documental oficial que haga sus veces en la entidad; y, correo electrónico institucional.

En caso de que el funcionario se niegue a ser notificado se sentará la respectiva razón por parte del secretario Ad-Hoc, con lo cual se entenderá que el servidor fue debidamente notificado; por lo que se continuará con el trámite del sumario administrativo.

Dependerá el caso, el funcionario podrá incluso ser sometido a procesos administrativos, civiles y penales que correspondan, ante las diferentes autoridades competentes.

Indemnización

En el reglamento se señala que, ante la cesación o supresión del puesto de un funcionario, se cancelará su liquidación y se entregará una por indemnización, sobre esto último, el funcionario tendrá derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio en la entidad de su nombramiento.

El cálculo se realizará a partir del quinto año de trabajo tomando como base el salario básico unificado del 1 de enero de 2015 y con un monto máximo de 150 salarios.

Es decir, son USD 1.770, por cada año de trabajo, sin embargo, este beneficio se podrá pagar con bonos del Estado.

Recalificaciones

El documento puntualiza que toda calificación, incluida la de insuficiente, podrá ser objeto de reconsideración y recalificación por parte del evaluado, la misma que se tramitará de conformidad con el artículo 78 de la Losep y las normas que para el efecto dispone el Código Orgánico Administrativo, de forma supletoria.

Esta norma menciona que:

El proceso de recalificación será realizado por un tribunal integrado por tres servidores incluidos en la escala del nivel jerárquico superior que no hayan intervenido en la calificación inicial.

¿Qué tiene que ver el FMI?

Para que el Gobierno de Daniel Noboa pueda recibir USD 1.000 millones adicionales de préstamo del Fondo Monetario Internacional (FMI) existen algunos condicionamientos, uno de ellos es la “racionalización gradual del gasto corriente, conteniendo la masa salarial del sector público y mejorando la eficiencia de la contratación pública”.

Por ello, algunas organizaciones sindicales alertan que la aprobación de la Ley de Integridad Púbica es un paso para cumplir con el organismo internacional, pues ahora con las evaluaciones ya no se garantiza estabilidad laboral.

En la actualidad existe un poco más de 635.000 servidores públicos con nombramiento definitivo.

El Gobierno Central destina cada mes USD 789 millones para el pago de salarios de la nómina del Ejecutivo, lo que significa que en el primer semestre del 2025 pagó USD 4.732 millones, según el Ministerio de Finanzas.

¿Cuáles serán los parámetros de evaluación?

  • Conducta institucional
  • Eficacia en el uso del tiempo
  • Responsabilidad
  • Aportes al mejoramiento institucional
  • Resultado del liderazgo de procesos internos
  • Trabajo en equipo
  • Eficiencia que se demuestre en los procesos, que tenga a cargo, de contratación pública

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