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Tribunal de Estados Unidos bloquea los aranceles recíprocos de Donald Trump

Una corte estadounidense especializada en comercio internacional bloqueó este miércoles 28 de mayo de 2025 los aranceles «recíprocos» de al menos 10% que el presidente Donald Trump impuso a los productos que entran en el país, por considerar que solo el Congreso puede hacerlo.

 

«Una delegación ilimitada de autoridad arancelaria constituiría una cesión indebida del poder legislativo a otra rama del gobierno», dictaminó el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC, por sus siglas en inglés).

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El pasado 2 de abril, Trump impuso un arancel global del 10% a todas las importaciones y hasta el 50% en función del país de origen.

Los aranceles recíprocos implican que Estados Unidos aplique a cada país la misma tasa arancelaria que esos socios comerciales le imponen a sus importaciones desde Estados Unidos. «Lo que ellos nos cobren, les cobraremos nosotros», había anticipado el presidente estadounidense.

Sin poderes «ilimitados»
El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC, por sus siglas en inglés) compuesto por tres jueces dictaminó que el Congreso no delegó poderes «ilimitados» al presidente en la Ley de poderes económicos de emergencia nacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés) que Trump invocó para justificar los aranceles.

Según la corte, el presidente no puede invocar la normativa de 1977 para «imponer una sobretasa ilimitada a productos de prácticamente todos los países».

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Los jueces estiman que los decretos del 2 de abril «exceden los poderes otorgados al presidente en virtud de la IEEPA para regular las importaciones mediante el uso de tarifas aduaneras». Incluyen los emitidos previamente a Canadá, México y China.

En una opinión escrita que acompaña la decisión, uno de los jueces determinó que «una delegación ilimitada de autoridad arancelaria constituiría una cesión indebida del poder legislativo a otra rama del gobierno», lo que es contrario a la Constitución estadounidense.

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«La IEEPA permite al Presidente adoptar las sanciones económicas necesarias en caso de emergencia para combatir una amenaza ‘extraordinaria e inusual'», subraya el ITC.
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