El Pleno de la Legislatura, presidido por Niels Olsen, este martes 27 de mayo, con 78 votos afirmativos, declaró improcedente y devolvió el pedido del doctor Hernán Barros Noroña, conjuez de la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, por el cual solicita que la Asamblea Nacional se pronuncie sobre el enjuiciamiento penal de la ciudadana Esther Adelina Cuesta Santana portadora de la cédula de ciudadanía Nº 091079150-8, quien desde el 13 de mayo de 2025 no ejerce la calidad de asambleísta nacional, conforme lo exige el artículo 128 de la Constitución de la República del Ecuador.
La decisión responde a los precedentes legislativos que constan en los considerandos de la resolución, así como en la recomendación efectuada con informe jurídico Nº IJ-CGAJ-2025-2029-0002, suscrito por la Coordinadora General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional del Ecuador.
De conformidad con el artículo 2 de la resolución propuesta por la asambleísta Esperanza Rogel, representante de la provincia de Zamora Chinchipe, se notificará con el contenido de esta decisión al doctor Hernán Barros Noroña, Conjuez Nacional de Garantías Penales (E) de la Sala Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, para que dé el trámite pertinente.
Previamente, por Secretaría, se dio lectura del criterio jurídico emitido por la Coordinación de Asesoría Jurídica en torno al tratamiento de la solicitud de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia, documento en el cual se recomienda devolver la solicitud, por improcedente, en vista de que la ciudadana Esther Cuesta Santana ya no ostenta la calidad de asambleísta.
La asambleísta Rogel, en su intervención, subrayó que no se trata de considerar nombre alguno, sino de cumplir con la norma constitucional que protege al legislador en el ejercicio de sus funciones para no estar sujeto a procesos civiles o penales por las opiniones o decisiones que adopta en la Asamblea. Por ello, el pedido en torno a la exasambleísta Cuesta es improcedente.
De su lado, el asambleísta Luis Molina, de la provincia de Pichincha, recordó que los hechos que se investigan corresponden al tiempo en que la exasambleísta Esther Cuesta ejerció como presidenta encargada de la Legislatura y que se debería archivar el pedido, como se hizo en otros casos anteriores, en defensa de la inmunidad parlamentaria, que garantiza a los legisladores cumplir con la acción fiscalizadora.
EG