Cinco meses después que La Dirección de Aviación Civil fijara nuevas reglas para el manejo de Aeronaves no tripuladas (UAS) o drones, la autoridad aérea conmina a los dueños a cumplir la norma.
La Resolución 101 (RDAC 101) emitida por el organismo rector de los sistemas aéreos en el país aplica para todos los tipos de drones, excepto aquellos relacionados con operaciones de transporte aéreo, de orden militar y los que vuelan en espacios cubiertos o confinados.
Las UAS deben estar registradas y contar con un número de identificación como con un código QR en algún lugar visible.
Un peso específico
La resolución, como se detalló en un video de la cadena Ecuavisa del domingo pasado, se aplica para UAS de 250 gramos en adelante, aunque si el dueño o dueña de la aeronave realiza actividades económicas relacionadas con este tipo de aeronaves, también debe registrarlo.
Es más, para estar en regla habría que seguir un curso de 40 horas y contar con un permiso de operación, cuyo costo supera los 517 dólares.
No son las únicas regulaciones, por ejemplo, si el uso de los UAS es de índole recreativo, el operador no puede tener menos de 14 años de edad, en algunos casos, se permite el manejo de estas aeronaves solo con supervisión de un adulto.
Si el uso, como está mencionado, es pera operaciones de mayor riesgo como trabajos aéreos y servicios privados (fotografía, trabajos de infraestructura), se requiere una evaluación de riesgos operaciones y un permiso de operación.
El certificado tiene una validez de 24 meses.
En algunos casos, se requiere, hasta seguro para cubrir a terceros. Ya el organismo regulador había establecido restricciones para el vuelo de drones en inmediaciones de edificios públicos y sanciones para UAS que vulneren la privacidad de personas.
Para más información se puede entrar en el dominio de la DGAC.
Radio Pichincha