La vicepresidenta de la República, Verónica Abad Rojas, perdería sus derechos de participación desde la noche de este viernes, 28 de marzo, una vez que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) se pronuncie sobre un recurso horizontal y disponga la ejecutoría de un fallo en el que la sancionó por violencia política de género.
A las 21:00 de este 28 de marzo de 2025, la presidenta del Tribunal, Ivonne Coloma convocó a una sesión extraordinaria de forma virtual para tratar el recurso de aclaración presentado por la defensa de la segunda mandataria, Verónica Abad, dentro de esta causa por violencia política de género que interpuso la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld.
Con esto, no habrá más recursos a los que recurra la Vicepresidenta ante este órgano de justicia electoral, cuyas decisiones son de última y definitiva instancia.
No obstante, sus abogados defensores acudirían a la Corte Constitucional (CC) con una acción extraordinaria de protección; y, de forma paralela, irían hasta tribunales internacionales.
El equipo de defensa de la segunda mandataria ingresó, el 27 de marzo, un recurso horizontal al Tribunal como último paso para cerrar este caso en el que la canciller Sommerfeld la acusó de haber ejecutado conductas en su contra de violencia política de género.
En primera y segunda instancia, los jueces electorales confirmaron que Verónica Abad incurrió en esta infracción electoral muy grave contemplada en el Código de la Democracia y la sancionaron con la suspensión de los derechos de participación por dos años, el pago de una multa por 30 salarios ($14.000) y pedir disculpas públicas a la canciller.
Solo falta sustanciar este recurso horizontal con lo que la sentencia estará en firme de inmediato lo que inhabilitaría a Abad Rojas a ejercer un cargo en el Estado, incluso la Vicepresidencia de Ecuador.
Su abogado, Damián Armijos, contó que solicitaron únicamente una aclaración al Tribunal para que los jueces precisen el contenido de los párrafos 97 y 99 de su fallo, emitido el 24 de marzo de 2025.
“En el párrafo 99 dice que esta sentencia no implica suspensión, no implica ausencia temporal, no implica destitución, no implica un impedimento para el ejercicio del cargo. Entonces ¿si no tiene estos efectos, por qué se dispone el registro en el Ministerio del Trabajo? La sentencia no puede modificarse, pero sí podría aclarar el sentido para que cuando se registre ante el ministerio pueda establecerse una nota adicional en la que se pueda determinar que la Vicepresidenta tendría que terminar su periodo o tendría que dejar su cargo como tal”, declaró Armijos en una entrevista radial la mañana de este 28 de marzo.
El recurso de aclaración no cambiará el fondo de la sanción y, una vez que se ejecutoríe, el TCE notificará al Ministerio del Trabajo para que registren que está inhabilitada de ejercer una función pública y con ello, tendría que regresar a Ecuador de Ankara (Turquía) en donde es encargada de negocios, función que le asignó el candidato-presidente Daniel Noboa.
En estos párrafos citados por el abogado defensor, los jueces señalaron que el Código de la Democracia “no contraviene ni modifica las disposiciones supremas referidas a la destitución o ausencia de las máximas autoridades del Ejecutivo, sino que prevé sanciones electorales proporcionales y legítimas para quienes cometan infracciones muy graves, incluidas aquellas que configuran violencia política de género”.
El fallo también refiere que la taxatividad de las causales de cesación o ausencia temporal de las altas autoridades (presidente y vicepresidente de la República) versa sobre supuestos políticos o constitucionales distintos. “La imposición de sanciones electorales (como la suspensión y multas) no se confunde, ni debe asimilarse con la destitución presidencial, ni con la remoción del cargo, pues su fundamento no es un juicio político o causal prevista en la Constitución para el cese de la Vicepresidencia, sino la comisión de una infracción muy grave expresamente regulada en la ley electoral”.
Cuando esté registrada la suspensión de los derechos de participación de Abad en el Ministerio del Trabajo, se configuraría la ausencia temporal en el cargo.
A la vez, permitirá que el presidente de la República, Daniel Noboa, designe un reemplazo escogido de su consejo de ministros, que deberá ser mujer, en cumplimiento de las disposiciones del Código de la Democracia sobre la paridad de género.
Mientras tanto, Noboa, en su calidad de presidente-candidato, participaría de la campaña electoral que termina el 10 de abril, previo a la segunda vuelta en la que compite con la candidata del correísmo, Luisa González.
Por ahora, el candidato-presidente viajó a Estados Unidos —según ha dicho—, para reunirse con el presidente Donald Trump, por lo que a su regreso podría elegir a una segunda mandataria. (I)
Fuente: El Universo