La Superintendencia de Protección de Datos Personales emitió este 19 de marzo un pronunciamiento sobre la recopilación de datos biométricos para el registro de asistencia en lugares de trabajo y concluyó que es «excesiva e innecesaria», puesto que incumple principios fundamentales de la protección de datos personales.
El ente de control explicó que, al ser considerados datos sensibles, requieren un nivel más alto de protección y «su tratamiento está prohibido», salvo en casos excepcionales previstos en la Ley de Protección de Datos Personales, por ejemplo, que el titular haya dado un consentimiento explícito.
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No obstante, según la Superintendencia, el consentimiento en una relación laboral «no puede considerarse plenamente libre debido a la relación asimétrica entre empleador y trabajador, caracterizada por la subordinación del segundo frente al primero».
Por ello, recomienda a los empleadores adoptar mecanismos alternativos para el control de asistencia que «resguarden la privacidad y los derechos fundamentales de los trabajadores», como tarjetas magnéticas o registros manuales.
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