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Gobierno de Ecuador emite Reglamento para la aplicación de la Ley de Alivio Financiero

El sábado 3 de marzo de 2025, el presidente Daniel Noboa emitió, por Decreto Ejecutivo, el Reglamento para la Ley de Alivio Financiero, que está en vigencia desde diciembre de 2024 en Ecuador.

Este documento permitirá regular las disposiciones en la Ley y viabilizar su ejecución, según informó la Presidencia de Ecuador en un comunicado difundido el 4 de marzo en sus redes sociales.

Con la emisión del Reglamento a la Ley de Alivio Financiero, todos los beneficios contemplados en la normativa «podrán ser aplicados con efectividad», indica la Presidencia.

Esta Ley fue enviada por el Gobierno con la intención de hacer frente a los efectos de la crisis eléctrica que vivió Eacuador en 2024.

Contiene al menos 20 beneficios. La Ley establece alivios tributarios e, incluso, en el pago de créditos hipotecarios reestructurados y refinanciados del Banco del IESS (Biess). También trae cambios para acelerar la entrega de los beneficios del seguro de desempleo.

El Reglamento a la Ley de Alivio Financiero regula los siguientes temas:

Condonación de intereses y multas: de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), de los créditos agroproductivos de BanEcuador, Senescyt.
Alivio financiero de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), emprendimientos y unidades productivas artesanales.
Deudas en el sistema financiero público.
Condonación de deudas de la banca cerrada.
Disposiciones adicionales
El Decreto Ejecutivo da un término de 10 días para que las entidades que conforman los sectores financieros: público, privado y popular y solidario, y las instituciones previstas en la Ley  emitan la normativa secundaria y sus procedimientos correspondientes, a efecto de cumplir las disposiciones establecidas.

También en el término de 10 días, el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) dictará la normativa interna pertinente, para la aplicación de los mecanismos de alivio financiero.

Además, en las disposiciones generales, se establece que la autoridad competente entregará al Ministerio de Transporte y Obras Públicas la maquinaria, vehículos y equipos incautados por actividades de minería ilegal para el mantenimiento de la vialidad.

El objetivo es el mantenimiento de la vialidad que incluye la construcción de albarradas en sectores urbanos, rurales y agrícolas; y, toda actividad destinada para proteger las fuentes de agua, conforme la normativa aplicable.

Fuente: Primicias

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