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Ministerio del Trabajo pide a la Corte Nacional de Justicia que informe ‘claramente’ si debe quitar la inhabilidad a José Terán para ser juez de la Corte Constitucional

El Ministerio del Trabajo pidió a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que aclare si el candidato a ser juez de la Corte Constitucional (CC) José Terán Suárez debe recuperar la posibilidad de ocupar cargo público, luego de haber sido destituido como juez nacional en el 2021 por un sumario disciplinario.

El Ministerio del Trabajo envió a la Unidad de Talento Humano de la CNJ un oficio en el que pide que se le remita un informe jurídico que indique “claramente” si se debe o no mantener el impedimento para ejercer cargo público a José Terán.
Para enviar la información, la Corte Nacional tiene un plazo de quince días.
El concurso público para la renovación parcial de la Corte Constitucional (CC) está a un paso de terminar. Solo falta la proclamación de los resultados finales y la posesión de los tres nuevos jueces en la Asamblea Nacional para que se incorporen en reemplazo de otros tres que deben salir a través de un sorteo público.
El proceso lo realizó una comisión calificadora, conformada por delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia y Control Social, entre los que están Juan Izquierdo (presidente), Laura Flores, Sonia García, Fernando Yávar y Danilo Sylva.

El jurista César Drouet renunció semanas atrás, en medio de la elaboración del cuestionario de preguntas para los exámenes escritos y orales que rindieron los candidatos a ser jueces, que a su vez son nominados a concursar por las mismas funciones del Estado antes mencionadas.

De los resultados preliminares, los candidatos Claudia Salgado Levy, nominada por el presidente de la República, Daniel Noboa; José Terán, de la Asamblea Nacional; y, Jorge Benavides Ordóñez, de la función de Transparencia, serían los mejor puntuados para incorporarse a la CC.
En cuarto lugar quedarían Pamela Aguirre Castro, que planteó un recurso de revisión a su calificación del examen oral a la comisión calificadora, que aún no se resuelve; y, Edwin Aceldo, propuesto por la Asamblea y que reporta un llamado de atención por el pleno de la actual Corte Constitucional, por su desenvolvimiento como abogado en el libre ejercicio en un caso que trató el organismo.
Sin embargo, la comisión está a la espera de que el Ministerio del Trabajo retire la inhabilidad para ejercer cargos en el Estado que reporta Terán.
Él fue destituido como juez de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia en mayo del 2021 por una resolución del Consejo de la Judicatura (CJ) que tramitó un sumario disciplinario al conocer que no incluyó en su declaración patrimonial que era accionista de una empresa de transporte.
El ahora candidato —que dice que lo que no declaró fueron $ 25— impugnó esta resolución en los tribunales contenciosos administrativos de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, que en un fallo le dio la razón y dejó sin efecto la sanción de destitución.
El Consejo de la Judicatura apeló, para que el caso se conozca en un Tribunal de Casación de la CNJ y fue admitido a trámite.
Previamente, un juez que elevó el caso a la Sala de lo Contencioso de la CNJ dispuso que la sentencia que anuló la destitución de Terán suspenda sus efectos hasta que haya un pronunciamiento final.
Es decir, la sanción de destitución se mantenía vigente hasta que se resuelva la casación por lo que el Ministerio del Trabajo reporta esta inhabilidad.
Terán se presentó este jueves en el ministerio para que se revierta esta medida que habría aparecido sorpresivamente, el 24 de febrero de 2025, cuando se conoció que era uno de los eventuales ganadores del concurso de selección de jueces.
Ejemplificó que tiempo atrás fue decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador y es docente, sin que haya tenido dificultades con el ministerio para ocupar una función pública.
Alega además que la sanción de destitución no estaría vigente, porque la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) dispone que esta medida perdura dos años.
Con esos antecedentes, el Ministerio del Trabajo pidió a la Unidad de Talento Humano de la Corte Nacional de Justicia que le remita un informe jurídico en el que se indique “claramente” si se debe o no mantener el impedimento a Terán.
Para enviar la información, la CNJ tiene un plazo de quince días. (I)

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