Daniel Noboa es el político que más demandas recibió en el plano electoral en 2025.
El Presidente de la República tiene 12 denuncias por infracciones electorales y por violencia política de género frente al Tribunal Contencioso Electoral, (TCE).
El 19,35% de las 62 denuncias electorales recibidas este año están dirigidas a él.

El 6 de enero de este año, el juez Fernando Muñoz archivó la denuncia por infracciones electorales en contra de Noboa, la cual fue presentada por el candidato presidencial por Avanza, Luis Felipe Tillería.
El motivo del archivo fue “una falta de fundamentación”, pues Tillería interpuso la demanda a partir de su representante legal y no del abogado de la organización política como lo especificó el juez Fernando Muñoz.
Otras causas, como la de Elizabeth Muñoz interpuesta por » violencia política de género» se encuentra sin una actualización en el archivo de causas contenciosas. Está en etapa de sustanciación.
La denunciante tenía 48 horas para completar el fundamento de su denuncia.
Otro ejemplo, la denuncia del 5 de febrero de Juan Eduardo Monaga, igualmente por «violencia política de género» en contra de Noboa, Cynthia Gellibert, secretaria de la Administración, Sariha Moya, secretaria de Planificación y Stalin Andino, secretario general jurídico de la Presidencia, se encuentra en etapa de sustanciación a falta de completar las pruebas para su trámite.
¿Un trato de empleados a los jueces electorales?
El viernes 21 de febrero, Daniel Noboa envió un mensaje en su red X que decía “Atención @TCE”, como comentario a otro post de la asambleísta electa Lucía Jaramillo quien aseguraba que presentaría una nueva denuncia en contra del alcalde de Guayaquil Aquiles Álvarez.
Noboa fue objeto de críticas en redes por este post, pues muchos usuarios señalaron que el Presidente está tratando al Tribunal Contencioso Electoral como un ministerio. Le recordaron qu esa institución es el máximo organismo de justicia electoral en el país como lo determinan los artículos 223 y 224 de la Constitución.
En esos artículos se establece que los miembros del TCE están sujetos a “control social”, es decir a veedurías y comisiones ciudadanas calificadas.
De acuerdo al artículo 16 del Código de la Democracia: “ninguna autoridad extraña a la organización electoral podrá intervenir directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos electorales ni en el funcionamiento de los órganos electorales”.
Hay que recordar que el Presidente Noboa no solicitó licencia a la Asamblea Nacional para hacer campaña como lo determinaba el Código de la Democracia.
Radio Pichincha