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Tribunal del caso Metástasis define que Wilman Terán y otros 19 condenados paguen de ‘forma solidaria’ $ 4 millones como reparación económica

Una reparación económica de $ 4 millones es lo que definió deben pagar de ‘forma solidaria’ los 20 sentenciados por delincuencia organizada en el caso Metástasis. Así quedó determinado en el punto 869.9 de la sentencia por escrito notificada la noche del martes, 18 de febrero, por el Tribunal de Juzgamiento de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que dictó el fallo de primera instancia.

La notificación de la sentencia escrita llega casi tres meses después de que el Tribunal de Juzgamiento de Metástasis, integrado por los jueces nacionales Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Pablo Loaiza, dio a conocer de forma oral una resolución unánime en la que sentenció como culpables del delito de delincuencia organizada a 20 de los 21 procesados que llegaron a la etapa de juicio.

Solo el agente fiscal Jhon Camposano recibió un auto de sobreseimiento. Al no existir el convencimiento de su responsabilidad en la Sala de Juzgamiento de Metástasis, pues no existían pruebas suficientes de su participación en los actos ilícitos investigados, los tres jueces decidieron ratificar el estado de inocencia del agente fiscal de la Unidad de de Lucha contra el Crimen Organizado Transnacional e Internacional (Fedoti) del Guayas.

La decisión de los jueces se basa en el artículo 78 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que habla sobre los mecanismos de reparación integral. Entre las formas no excluyentes de reparación integral, individual o colectiva, están las indemnizaciones de daños materiales e inmateriales, las mismas que se refieren a la compensación por todo perjuicio que resulte como consecuencia de una infracción penal y que sea evaluable económicamente.

Según el análisis del Tribunal, Xavier N. A., alias Novi o Novita, debía ser sentenciado como líder de la “estructura criminal” a diez años de cárcel; mientras que como colaboradores debían ser sentenciados el exjuez de la CNJ y expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, alias Diablo; Pablo Ramírez, exdirector del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI); entre otras 17 personas que recibieron condenas que van desde los tres años y cuatro meses de cárcel hasta los nueve años y cuatro meses de prisión.

Terán, Ramírez, los exjueces Ronald Xavier G. C., Johan Gustavo M. M. y Carlos Alfredo Z. N.; la exfiscal del Guayas, María José A. C.; la perito policial Doris Soraya O. F.; los expolicías Armando Heriberto R. T., Ángel Danilo L. P.; Frnando Andrés G. A. y Edinn Alexander I. C. fueron ubicados como colaboradores y a su sentencia se sumó la agravante de haber sido servidores públicos al momento de la comisión del delito. Por ello se les impuso una pena de nueve años y cuatro meses de prisión.

Otros cuatro identificados como colaboradores que no fueron servidores públicos se les definió una sentencia de siete años de prisión. Entre ellos están la exguía penitenciaria Katherine Pilar G. A., el abogado Kevin Alexander P. V.; el ciudadano Braulio Gabriel M. O. y el empresario Eduardo Alejandro R.P.

Finalmente a tres personas acusadas como colaboradoras se les tomó en cuenta atenuantes y recibieron penas reducidas de tres años y cuatro meses de privación de la libertad. En la lista están la exintegrante de la Comisión de Pacificación de las Cárceles, la colombiana Claudia Milena G. P.; y los abogados en libre ejercicio Sofía Nathaly G. M y César Manuel A.

El 17 de septiembre pasado, durante la audiencia preparatoria juicio, Tannia Silva, abogada de la Procuraduría General del Estado (PGE), no solo dio a conocer los elementos de convicción que mantiene para acusar como autores directos a los a ese momento 37 procesados en Metástasis, sino también solicitó que defina que entre todos paguen una reparación económica de $ 4.2 millones.

De los 30 llamados a juicio, para ocho quedó esta etapa en suspensión al estar prófugos y el delito delincuencia organizada no poder ser juzgado en ausencia. A la suspensión del juicio se sumó un procesado más, quien demostró ante el Tribunal que había sido calificado como candidato a la Asamblea Nacional y eso hacía que se le podrá seguir procesando cuando termine el proceso electoral y se den los resultados definitivos.

Con la sentencia de finales de noviembre los 20 condenados como culpables se suman a los 12 sentenciados por procedimiento abreviado; mientras que Campozano se suma a la lista de siete sobreseídos y tres procesados con dictamen abstentivo a quienes se les confirmó su inocencia.

En el punto 871 de la sentencia escrita, los integrantes del Tribunal de Juicio de Metástasis llamaron la atención a la abogada Vanessa Cárdenas Aguilar, quien compareció en representación de la PGE, en la fase de alegatos de conclusión. El llamado llegó ante una falta de “acuciosidad en el ejercicio de su función” presentando un escrito de autorización el día se su intervención que confunde términos jurídicos, tal como constaría en actas, desconocimiento los presupuestos de la alegación final y confundiendo una medida de reparación y la multa.

“Su falta de prolijidad causa perjuicio al Estado que no reclama los valores adecuados para reparación integral, y pone en riesgo a la propia acusación, por tanto, se califica como negligente su única participación en la audiencia de juicio en los alegatos de cierre, lo que incluso pudo provocar impunidad”, señaló el Tribunal, al tiempo que resaltó que la actividad de servicio público desde cualquier institución debe realizarse de manera diligente y con vocación. (I)

Diario El Universo

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