Con cuatro votos a favor y uno en contra, el pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificó la sanción de destitución en contra de cuatro –ahora– exmiembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) por incurrir en una sanción electoral muy grave cuando fueron candidatos a ocupar esta dignidad de elección popular en los comicios de febrero del 2023.
La noche de este 31 de enero de 2025 se reunió el pleno de jueces electorales para tramitar un recurso de apelación planteado por Augusto Verduga Sánchez, Yadira Saltos Rivas, Eduardo Franco Loor y Vielka Párraga Macías (suplente) en contra de una sentencia de primera instancia emitida por el juez Fernando Muñoz en la que se los sancionó con la pérdida de sus cargos, una multa y la suspensión de sus derechos políticos.
Con los votos de los jueces Guillermo Ortega Caicedo (ponente), Ivonne Coloma Peralta, Joaquín Viteri Llanga, Ana Abril Olivo y el voto salvado (en contra) de Richard González Dávila, se los sancionó con la destitución de sus cargos, el pago de una multa de 70 salarios ($ 31.500) y la suspensión de los derechos políticos por cuatro años, a cada uno.
Este fallo electoral es producto de una denuncia planteada por los activistas Pamela Troya y Santiago Bechdach en contra de los cuatros exvocales que se bautizaron con el mote de ‘liga azul para salvar la patria’, con el que fueron auspiciados por el expresidente Rafael Correa y su movimiento político Revolución Ciudadana (RC) durante la campaña electoral de los comicios seccionales de febrero del 2023 pese a estar prohibido por la Constitución y la ley del CPCCS.
Según los jueces, se configuró una infracción electoral muy grave contemplada en el numeral 12 del artículo 279 del Código de la Democracia, que es “incumplir las resoluciones del Consejo Nacional Electoral o las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral”.
La sanción abarca una multa de 21 salarios hasta 70, la destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.
Con esta sentencia se ratificó un primer pronunciamiento del juez Fernando Muñoz, quien tramitó la denuncia en primera instancia y concluyó en septiembre del 2024 que los cuatro actores políticos incurrieron en esta infracción e hicieron proselitismo político.
De acuerdo con el fallo, los cuatro accionados hicieron proselitismo y no garantizaron la “neutralidad” que requiere su ejercicio en el cargo, ya que una de sus atribuciones es elegir a las principales autoridades de control.
Los jueces decidieron enviar el expediente al Consejo de la Judicatura para que se investigue a los abogados de los cuatro accionados, porque dilataron el trámite a través de la interposición constante de recursos como la recusación a los magistrados. (I)