Procesados en casos de corrupción son parte del Sistema de Protección a Víctimas y Testigos

A enero de 2025, 1.225 personas forman parte del Sistema Nacional de Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos y Otros Participantes en el Proceso Penal (Spavt) de la Fiscalía. En ese grupo están procesados en casos de corrupción.

Entre los delitos de mayor incidencia por los que las víctimas y testigos piden protección están: violación, abuso sexual, intimidación, asesinato, entre otros.

Los datos fueron expuestos -el 23 de enero de 2025- por la fiscal general del Estado, Diana Salazar, durante la presentación de su Informe de Labores 2024, en la Asamblea Nacional.

¿Cuántas personas protege el Estado?

Durante su intervención, Salazar presentó un gráfico sobre el número total de personas protegidas activas desde 2020, en el que se observa una pequeña variación en época de pandemia.

Salazar, quien reapareció luego de haber dado a luz a su hija Julia Victoria, comentó que en 2024 se creó la red de servicios de protección y asistencia para atender casos de conmoción nacional e internacional, supervisada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

De igual manera, se mantuvo la coordinación permanente con el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), para brindar atención a los grupos poblacionales: niñas, niños y adolescentes; adultos mayores y personas con discapacidad.

Como parte del sistema, la Fiscalía entregó viviendas a personas protegidas en las provincias de Cañar, El Oro y Orellana, así como asistencias -de manera permanente- a las personas protegidas.

¿Quiénes son parte de los grupos de víctimas y testigos protegidos?

Por los casos MetástasisPurgaPlaga, particularmente, que develaron actos de corrupción en el sistema de justicia que se ajustaron a fines del narcotráfico, se dio paso a la protección de testigos que permitieron a la Fiscalía efectuar sus investigaciones, ante una cooperación eficaz.

Por ejemplo, si como procesado se convierte en testigo y cuenta los hechos investigados puede conseguir una reducción de la pena y ser sentenciado por procedimiento abreviado.

A continuación, testigos «clave» para la Fiscalía:

  • Mayra Salazar tiene la protección de Fiscalía al ser cooperadora eficaz y testigo protegida por el caso Metástasis, a través del cual se destapó la corrupción en el sistema de justicia y por eso recibió una pena reducida. Ella fue condenada a 15 meses de prisión.
  • Hay exjueces que también fueron procesados en casos como: Metástasis, Purga y Plaga. Uno de ellos es el juez Ángel Lindao, quien tiene tres sentencias.

La primera sentencia es en Metástasis por delincuencia organizada y en la que recibió una pena de 40 meses de prisión; y, la segunda es por prevaricato en la que se le condenó a 24 meses de cárcel.

La última sentencia es de 35 meses de cárcel por el caso Plaga. Lindao es testigo protegido de la Fiscalía por esa causa.

  • Un testigo protegido también es el exjuez y expresidente de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, Carlos Zambrano, involucrado en una acción de protección irregular y es procesado en el caso Plaga.
  • José A. es el testigo protegido de la Fiscalía en el caso Villavicencio. Él dio información de cuánto costaba la “cabeza” del excandidato presidencial Fernando Villavicencio y de quiénes serían los responsables del crimen.

Dijo que se iba a pagar USD 200.000 por el asesinato de Villavicencio.

José A. es procesado por delincuencia organizada.

Otro tipo de casos

Priscila Schettini, esposa de Freddy Carrión, forma parte del sistema de víctimas y testigos. Ella recibió una serie de intimidaciones, mientras su esposo enfrentaba un proceso penal por un caso de abuso sexual.

Para Schettini, el sistema tiene una falla estructural que depende de la Fiscalía, en donde se decide a quién dar seguridad y a quién no.

Según la esposa del exdefensor del Pueblo, no hay que ver al sistema como un medio para ocultarse o desaparecer de la faz de la tierra, quedarse en la clandestinidad o el exilio, porque eso impediría tener una vida plena.

Lo que denunció en redes sociales constantemente, es que desde la propia Fiscalía se filtró su información personal, se puso en riesgo su vida y la de sus hijos. Todo esto, al menos, cuando su esposo estaba encarcelado.

Al parecer, los oficiales de Policía del sistema de protección pedían a los agentes que le fueron asignados, que cambien los partes policiales para no registrar todas las amenazas presentadas.

Incluso, se habrían asignado a policías que tienen actividades netamente administrativas o que son recién graduados y no contarían con la preparación necesaria en temas de seguridad y protección.

Otros inconvenientes

Con este antecedente, más allá de lo expuesto por la fiscal, en referencia a donaciones para personas protegidas, la realidad es distinta.

No siempre existe la logística necesaria para atender a quienes están en el sistema, pues muchas de las veces no disponen de vehículos ni logística para cumplir con su trabajo y cuando existe una movilización para acompañar al protegido no cuentan con el presupuesto para los agentes.

En el caso de requerir seguridad las 24 horas, también existirían falencias porque solo brindarían una seguridad básica que consiste en llamar por teléfono o hacer una visita para saber si todo está bien. Y en el caso de que se presente alguna novedad, se demorarían en llegar.

Rechazó ser parte del sistema

El abogado Hugo Espín rechazó el sistema de protección, al tener entre un 76% a 78% de amenaza, debido a que -según el informe de análisis de riesgo- no era necesario que tenga acompañamiento policial y si requería protección debía contratar seguridad privada y coordinar con el equipo del sistema.

Espín es parte de la defensa técnica de Verónica Sarauz, viuda de Fernando Villavicencio, quien fue asesinado el 9 de agosto de 2023, cuando tenía un 97% de riesgo.

El jurista señaló que el sistema nació con la Constitución de 2008 para que sea el Estado el que proteja física y psicológicamente y otorgue acciones de reparación de ser necesario.

Recalcó que la Fiscalía dirige el sistema y coordina acciones con otras instituciones como la Policía que tiene la Unidad de Protección de Víctimas y Testigos, encargada de los análisis de riesgo para definir el nivel de seguridad que la persona solicitante tiene.

¿Qué dice la Constitución y la ley?

El artículo 198 de la Constitución dispone a la Fiscalía General dirigir dicho sistema, para lo cual coordinará la obligatoria participación de las entidades públicas afines a los intereses y objetivos del sistema y articulará la participación de organizaciones de la sociedad civil.

Dicho artículo complementa al 78 que señala que las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial y se les garantizará su no revictimización.

Además, se advierte que se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá una indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.

Mientras, el artículo 494 del Código Integral Penal (COIP) establece medidas cautelares y de protección en la cooperación eficaz.

Reglamento del Sistema de Protección

Desde abril de 2014 está en vigencia el Reglamento del Sistema de Protección a Testigos y Víctimas:

Derechos y obligaciones

  • Ingresar y permanecer en el sistema por el tiempo establecido en el plan de intervención integral, o mientras persista el riesgo
  • No ser discriminados por ninguna condición
  • Recibir información oportuna sobre la situación y estado de la causa penal
  • Trato digno, con calidad y calidez, asistencia integral, servicios de apoyo y protección especial
  • Protección especial, resguardo de la intimidad y seguridad, tanto para el protegido como su familia, cuando el caso lo amerite
  • No ser revictimizadas
  • Suministro de asistencia integral de profesionales especializados
  • En caso de tratarse de una víctima o testigo extranjero, a que se permita su estadía temporal o permanente en el territorio nacional, teniendo en cuenta el derecho humanitario
  • Recibir información en un lenguaje fácilmente accesible a su grupo étnico y nacionalidad

Las obligaciones

El acta de protección especial y asistencia integral recopila algunas obligaciones para las personas protegidas, entre las principales están:

  • Colaborar con la administración de justicia
  • Cumplir las disposiciones legítimas que emitan los servidores del sistema para proteger la integridad de los testigos o víctimas y sus familiares
  • Mantener absoluta confidencialidad respecto de su situación de protección
  • Abstenerse de concurrir a lugares de probable riesgo
  • Radio Pichincha

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