El haber colaborado con la administración de justicia y la presentación voluntaria ante la autoridad competente pudiendo haberla evadido, más el acogerse al procedimiento abreviado y la cooperación eficaz, le sirvieron a Michael Ismael Hernández Sánchez, exdirector de la Escuela de la Función Judicial del Consejo de la Judicatura (CJ) y exsocio del estudio jurídico de Christian R., líder de la “estructura criminal” investigada en el caso Plaga, para recibir una pena atenuada de solo diez meses de cárcel.
La pena definida la noche de este viernes, 24 de enero, por el conjuez temporal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Édison Cantos, fue propuesta por el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, quien explicó que la condena de privación de la libertad responde al grado de imputación de Hernández, es decir, como colaborador. Precisó que en este caso se toman en cuenta circunstancias atenuantes como la colaboración con la investigación de manera “determinante” y la presentación voluntaria ante la autoridad competente pudiendo haberla evadido.
Entre la Fiscalía, la defensa del procesado y Hernández acordaron terminar anticipadamente el juicio, bajo la consideración de que el procedimiento abreviado requiere que el procesado reconozca voluntariamente su participación en los hechos investigados y la calificación jurídica definida para él.
Del procedimiento abreviado y las atenuantes nació la propuesta de la Fiscalía de una pena atenuada de 20 meses de prisión. Pero a esa condena inicial se le debió sumar una reducción aún mayor, debido a que Hernández fue cooperador eficaz de la Fiscalía y los datos que entregó, en sus versiones y testimonio anticipado, sirvieron no solamente para desarticular la estructura de Plaga e identificar a sus líderes, sino también para inciar nuevas investigaciones sobre otros delitos y posibles sospechosos.
Finalmente la pena sugerida por el fiscal Toainga fue una con una reducción del 50 % de la pena base, es decir, los 20 meses planteados en el procedimento abreviado. La condena final planteada por la Fiscalía, acordada entre las partes y aceptada por el conjuez Cantos fue de diez meses de prisión como colaborador de la red de corrupción.
En relación a las dos propuestas, la del procedimiento abreviado y cooperación eficaz, el abogado del Consejo de la Judicatura dijo estar de acuerdo con los acuerdos alcanzados entre la Fiscalía y el procesado.
“El campo en el que se desenvolvía esta estructura delictiva resulta obvia la colaboración de actores jurídicos para lograr sus finalidades. Esta es la razón por la cual se instauró un mecanismo complejo y sistematizado, con roles marcados desde las esferas de intervención en cada uno de los actores del sistema de justicia penal”, señaló Toainga en el momento de exponer los hechos por los que se acusaba a Hernández, funcionario del CJ cuando su presidente era Wilman Terán, sentenciado a nueve años y cuatro meses de cárcel en los casos Metástasis e Independencia Judicial.
Toainga en su intervención señaló que Michael Ismael Hernández Sánchez en su calidad de exsocio del estudio jurídico Fandet colaboró con una estructura criminal para la consecución de sus fines. De Fandet era también socio mayoritario Christian Geovanny R. M., exabogado del narcotraficante Leandro Norero y quien además es investigado en los casos de corrupción en la justicia ecuatoriana denominados Metástasis y Plaga.
En su recuento de los hechos acusados, el fiscal que subroga a Diana Salazar refirió que el rol de colaboración de Hernández se desarrolló en la espera del más alto organismo de justicia ordinaria del país, la CNJ, al gestionar una resolución favorable, en casación, a la sentencia por oferta de tráfico de influencias dentro del proceso 06282-2020-00326, a cambio del pago de $ 50.000 entregados por el líder de la organización de Plaga, Christian R.
El fiscal Toainga recalcó que la decisión de dicha causa fue favorable a los intereses del líder de la organización.
De otra parte, en las cuentas bancarias de Hernández se evidenciarían las transferencias recibidas y enviadas por miembros de la organización criminal investigada en Plaga, entre ellos, Hugo Alexander L., Jonathan Roberto A. Sh. y Melanie Dayana A. T. Con todos estos colaboradores, dijo el fiscal subrogante, se verificaría el intercambio y distribución de réditos en beneficio del “grupo delictivo”, los cuales llegaban a cambio de favorecer a los privados de la libertad.
El titular subrogante de la Fiscalía anotaba que se puede apreciar en el relato de los hechos que en este caso ha existido una convergencia de un sinnúmero de actuaciones propias de una delincuencia organizada. “Este tipo de criminalidad busca paraísos jurídicos penales en donde las conductas ilícitas puedan ser cometidas y salgan exentas de responsabilidad penal”, expresó el fiscal general.
Reparación inmaterial:
Publicación y difusión de la sentencia que declara la culpabilidad del procesado en la página web del Consejo de la Judicatura (CJ).
Publicación y difusión de la parte resolutiva de la sentencia en un medio de comunicación con alcance nacional durante tres días.
Disculpas públicas ante el juez de ejecución.
Colocación de una placa en el lugar donde se ha acreditado como profesional del derecho, en el CJ o en el Colegio de Abogados, en la que conste el siguiente texto: “Vender la justicia al crimen organizado es abrir el camino al fracaso de los pueblos y subastar el futuro de las próximas generaciones. Caso Plaga”.
A Michael Hernández se le impuso como multa doce salarios básicos unificados ($ 5.520) y el pago de una reparación material a favor del Consejo de la Judicatura del duplo de la multa definida, es decir, $ 11.040.
El 27 de julio de 2024 se entregó voluntariamente a la justicia Michael Hernández. De los diez meses impuestos como condena de cárcel, ya solo le restarían por cumplir cuatro meses. Por pedido de la Fiscalía y al ser Hernández parte del Programa de Vítimas y Testigos, el resto de la condena que debe cumplir el procesado lo hará en el Centro de Privación de la Libertad de Cotopaxi, en Latacunga, en el área de Trasitoria número tres, conocida como El Domo. (I)
Fuente: El Universo