La Corte Constitucional observó que Daniel Noboa no brindó información alguna que justifique la configuración de un conflicto armado interno en Ecuador. El Ejecutivo no sustentó esta causal.
Punto Noticias.- A pesar de que la versión del Gobierno de transición es que Ecuador está en un conflicto armado interno, lo cierto es que el presidente Daniel Noboa no logró justificar esta medida.
El 9 de enero de 2024, el Primer Mandatario firmó el Decreto Ejecutivo 111. En este, el Ejecutivo reconoce la existencia de un conflicto armado interno.
La declaratoria se hizo un día después de decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional.
Sin embargo, un año después, Noboa Azin no logró justificar las razones por las que recurrió a decretar esta figura, establecida en el artículo 164 de la Constitución, que dice:
«La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado».
La Corte Constitucional revisó esta causal, al menos en tres ocasiones.
En un primer análisis del 29 de febrero, el organismo señaló que «la existencia de un conflicto armado interno es una cuestión de hecho sumamente compleja que no depende de declaraciones o reconocimientos políticos, ni requiere que las partes involucradas reconozcan su existencia».
Entretanto, en un nuevo dictamen del 21 de marzo, la Corte Constitucional profundizó el análisis del Conflicto Armado no Internacional (CANI).
En este caso, la Corte observó que el presidente Daniel Noboa no justificó las causales para declarar un conflicto armado interno.
En el texto, la CC explicó que un conflicto armado interno «tiene lugar cuando existe violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o en entre esos grupos en el territorio de un Estado».
«En consecuencia, para este Organismo es claro que, en este caso concreto, el presidente de la República, hasta el momento, no ha brindado información suficiente para justificar la existencia de uno o más conflictos armados no internacionales y, por tanto, la configuración de la causal de conflicto armado interno», aclara el dictamen 2-24-EE/24
El examen se hizo al Decreto 193, con el que Noboa renovó, por 30 días, el estado de excepción que declaró el 8 de enero.
A pesar de esta aclaración, el Gobierno volvió a insistir con el conflicto armado interno.
En un nuevo dictamen del 9 de mayo, la Corte Constitucional declaró que esta causal es desfavorable. Lo hizo tras revisar el Decreto Ejecutivo 250. Con este documento se dispuso el estado de excepción en cinco provincias del país.
En esta ocasión, el organismo constitucional explicó que la existencia de un CANI implica la concurrencia de dos requisitos:
- Organización del grupo armado
- Intensidad de las hostilidades
La Corte determinó que el Presidente de la República, hasta ese entonces, no brindó información suficiente para justificar la existencia de uno o más CANI y, por lo tanto, la configuración de esta causal.
«El presidente de la República se limita a establecer que el CANI persiste en Ecuador, pero no brinda información alguna sobre la actual existencia de este, ni elementos relacionados con las partes involucradas, la intensidad de las hostilidades y la organización de los GDO, que justifiquen la configuración de la causal en este decreto ejecutivo», indicó el ente.
Para aquel estado de excepción, Daniel Noboa presentó un informe confidencial del Bloque de Seguridad. Pese a este respaldo, la Corte Constitucional evidenció que ese documento tampoco acreditó ninguno de los indicios de CANI determinados por la misma.
Esto debido a que el informe reservado detallaba los resultados de los operativos militares durante los estados de excepción.
«Al no presentarse una justificación que acredite la concurrencia de los dos elementos necesarios para la configuración de esta causal, esta Corte determina que no se ha cumplido con el requisito», concluyó el organismo.
Críticas al conflicto armado interno
Organizaciones de Derechos Humanos, nacionales e internacionales, han criticado, en reiteradas ocasiones, la figura del conflicto armado interno. Pues con esta medida, el Ejecutivo quiso justificar la movilización de las Fuerzas Armadas a escala nacional, sobre todo en las zonas más inseguras.
Los cuestionamientos recaen en el abuso de la fuerza pública, a través del «uso legítimo de la fuerza».
Los organismos observan que este tipo de conductas han dado pie a que en 2024 se hayan registrado al menos 12 casos de presuntas desapariciones forzadas.
Y las críticas incrementaron con el caso de la desaparición de los cuatro niños de Guayaquil, el 8 de diciembre.
Josué Arroyo (14 años), Ismael Arroyo (15 años), Saúl Arboleda (15 años) y Steven Medina (11 años) permanecen desaparecidos, tras ser detenidos por 16 militares de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, en el sector de Las Malvinas.
Ahora, los militares son investigados. La audiencia de formulación de cargos será el 31 de diciembre, en Guayaquil.
Radio Pichincha