Jueces de la Corte Nacional niegan a alias ‘Diablo’ recusación contra integrante del Tribunal de Juicio del caso independencia Judicial

Por unanimidad, la tarde de este miércoles, 8 de enero, los conjueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Olavo Hernández y Hernán Barros, rechazaron la demanda de recusación planteada por el expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, contra el también magistrado nacional Edison Cantos.

Tanto Hernández como Barros, quienes junto a Cantos integraron el Tribunal de Juicio del caso Independencia Judicial, llegaron a la conclusión de que al no haberse cumplido la finalidad de la prueba lo correcto era negar el pedido.

Wilman Terán, quien fue sentenciado a nueve años y cuatro meses de prisión en el caso Independencia Judicial como autor del delito de obstrucción de la justicia, durante la la audiencia de juzgamiento recusó a Cantos señalando que necesitaba un juez imparcial y esa característica no la tenía el magistrado recusado.

Básicamente Terán, a quien se le ubica con el alias de Diablo en el expediente del caso Metástasis, en el que también fue condenado a nueve años y cuatro meses de prisión, recusó a Cantos señalando que el juez tenía un conocimiento previo de lo que se ventilaba en el juicio de Independencia Judicial, es decir, estaba contaminado.

Según el expresidente del CJ, Edison Cantos siendo ponente del caso Pantalla escuchó cuatro testimonios anticipados de tres procesados y un testigo protegido, y al menos dos de

Básicamente Terán, a quien se le ubica con el alias de Diablo en el expediente del caso Metástasis, en el que también fue condenado a nueve años y cuatro meses de prisión, recusó a Cantos señalando que el juez tenía un conocimiento previo de lo que se ventilaba en el juicio de Independencia Judicial, es decir, estaba contaminado.

Según el expresidente del CJ, Edison Cantos siendo ponente del caso Pantalla escuchó cuatro testimonios anticipados de tres procesados y un testigo protegido, y al menos dos de ellos hablaron de temas relacionados a lo que se procesaba en el caso Independencia Judicial, es decir, los actos administrativos que se realizaron desde el CJ para suspender y destituir de forma irregular al entonces juez de la CNJ, Walter Macias.

Ese hecho le significaba a Terán que el conjuez Cantos llegó al juicio de Independencia Judicial conociendo información que, siguiendo el curso normal del proceso, recién en la etapa de juzgamiento debía saber como integrante de un Tribunal. En audiencia de recusación el extitular del CJ criticó a los jueces Hernández y Barros por haberse tomado casi el triple del tiempo dispuesto en la norma para conocer y resolver esta demanda.

Esta negativa a la demanda de recusación llega a 16 días de que como integrantes de la sala de Juzgamiento, Hernández, Barros y Cantos sentenciaron a Wilman Terán y Maribel Barreno, exvocal del CJ, a nueve años y cuatro meses al ser los líderes de la organización investigada, mientras que a otros siete procesados los condenaron en calidad de cómplices, entre ellos, David Guzmán y Santiago Cifuentes, exasesores de Terán que fueron escuchados sus testimonios anticipados en el caso Pantalla.

Los conjueces Olavo Hernández y Hernán Barros en su resolución oral explicaron que la sola recepción de los testimonios anticipados no significa que el juez ya conoce toda la causa. Con la decisión, se ratifica que el magistrado Edison Cantos seguirá siendo parte del Tribunal de Juicio del caso Independencia Judicial. 

Fuente: El Universo

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