Confirmada la intención de no pedir licencia por parte del presidente-candidato Daniel Noboa para realizar campaña electoral con miras a las votaciones generales del 9 de febrero, agrupaciones políticas, organizaciones sociales y ciudadanos analizan la posibilidad de denunciar ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) la existencia de infracciones electorales en las que pudiere incurrir el primer mandatario.
El argumento que respalda la negativa de Noboa a pedir licencia tal como lo define el artículo 93 del Código de la Democracia —que los dignatarios por la reelección inmediata al mismo cargo deberían hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña— radica en que en este caso no se estaría postulando a una reelección porque fue elegido, dentro de un proceso extraordinario de muerte cruzada, para completar un periodo, el del expresidente Guillermo Lasso.
El constitucionalista Stalin Raza explica que, de existir denuncias en el plano electoral, deberán irse planteando en la medida en que se haya cometido la infracción o se configure una conducta ilegal que debe estar definida en el cuerpo legal respectivo, en este caso el Código de la Democracia.
El artículo 278 de la norma antes referida señala que las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados (SBU) hasta 20 SBU, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años cuando se incurra en ciertas conductas, como por ejemplo los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones induzcan el voto a favor de determinada preferencia electoral o los candidatos que, incumpliendo norma expresa establecida en la ley, participan en actos de inauguración o entrega de obras.
Raza piensa que, mientras Daniel Noboa no realice ningún acto de proselitismo político, él estaría a salvo. ”Obviamente, él (Daniel Noboa) tendrá que hacer sus actos de Gobierno, que es visitar territorio y hacer las actividades que tenga que hacer; pero si eso se convierte en un acto de proselitismo, es decir, si es que en alguno de esos actos se pide el voto, por él o por sus asambleístas, ahí se configuraría recién una infracción electoral a denunciar”, reconoció el constitucionalista.
Entre los grupos políticos que mantienen equipos legales analizando la posibilidad de denuncias por infracciones electorales contra Noboa están los movimientos Unidad Popular y Revolución Ciudadana (RC).
El Código de la Democracia en su artículo 284 deja en claro que el TCE no podrá conocer de oficio las infracciones señaladas en la ley, sino que debe esperar a que exista una petición o reclamo de los sujetos políticos, que los electores denuncien, que el Consejo Nacional Electoral (CNE), sus organismos desconcentrados o autoridad de movilidad humana presenten una denuncia o que por resolución de un juez electoral que, en la tramitación de una causa, encuentre indicios de la comisión de una infracción electoral y que mediante sentencia disponga que se obtengan los recaudos para remitir la causa, se arme el expediente y mediante sorteo se asigne un juez que conozca y resuelva el caso.
Al igual que el presidente Noboa, los asambleístas en funciones del movimiento Acción Democrática Nacional (ADN) que participarán en las elecciones de 2025 aseguraron que no tomarían licencia, no harían campaña electoral y que no usarían el fondo de promoción que les corresponde.
Esa pretensión del oficialismo no tuvo eco en la Asamblea Nacional, pues la noche del sábado último, con 79 votos a favor, los asambleístas de la RC, del Partido Social Cristiano, la mitad de la bancada de Construye, de Pachakutik y algunos independientes obligaron a todos los legisladores que intervendrán en la próxima contienda electoral a tomar licencia sin sueldo durante los 33 días de campaña e incluso hasta el propio día del sufragio, el 9 de febrero próximo.
Un expresidente del desaparecido Tribunal Supremo Electoral, Medardo Oleas, cree que, de mantenerse el presidente Noboa en su idea de no pedir licencia y no hacer campaña, hará que el mandatario y candidato transite por una delgada línea roja. Principalmente lo dice porque piensa que todo lo que él haga puede ser considerado como campaña electoral y termine siendo una denuncia en el TCE.
“Al prohibir el uso de bienes del Estado, al prohibir que se haga promoción de cualquier tipo, como dice la ley, entonces tenemos una línea muy delgada entre lo que es el ejercicio de la Presidencia de la República y lo que es un proceso de campaña. Una declaración de él, que puede ser sobre un hecho público relevante, que tiene que ver con la administración pública, puede ser calificada como acto de campaña, denunciada y pedirse sanción. Entonces, es muy difícil manejar lo que es el desempeño de la función pública como presidente de la República, que tiene muy claras directrices, y lo que es un actor de una campaña política como es el candidato”, aclaró.
La tarde de este domingo, 5 de enero, el presidente Noboa salió al balcón del Palacio de Carondelet, en el centro histórico de Quito, para dar unas palabras a sus seguidores. Ellos dijeron haberse congregado para respaldar el trabajo como primer mandatario y llevaron banderas y figuras de Daniel Noboa en cartón. En la concentración estuvo María José Pinto, candidata a la Vicepresidencia de la República por ADN, quien insistió en que estaban ahí para respaldar al presidente Noboa.
Para Oleas, acciones como estas estarán bajo la lupa y el escándalo porque, desde su perspectiva, quienes están actuando en contra de Noboa lo que buscan es destruirlo.
Para el experto en temas electorales, lo más recomendable es que el presidente pida licencia y así se evite una serie de inconvenientes que no solo afectarán su candidatura, sino también podrían generar el desprestigio del sistema electoral y la democracia.
El exconsejero electoral Fausto Camacho refiere que quien considere tener elementos suficientemente probatorios de un acto que está reñido con la norma electoral puede poner una denuncia inmediatamente cometido el hecho e incluso hasta dos años después de ocurrido.
Resalta que los funcionarios públicos y candidatos están prohibidos de llevar adelante actividades proselitistas durante una campaña y haciendo uso de recursos públicos. “Eso está debidamente sancionado”, indicó.
El constitucionalista Raza reconoce los riesgos que mantiene Daniel Noboa al haber decidido no tomar licencia, pero aclara que el mandatario no incurrirá en una infracción cuando sea llamado al debate presidencial, pues el debate, desde su análisis, no es un acto de campaña, sino un acto dentro del proceso electoral; es una etapa del proceso electoral que ahora es obligatoria por la reforma que existió del Código de la Democracia.
“El debate presidencial no se trata de un acto proselitista, sino de un evento que sirve para formar la opinión del electorado a partir de las propuestas de campaña que van a hacer todos los candidatos, ahí sí en igualdad de condiciones, en el momento del debate”, concluyó. (I)