El Proyecto de Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en Ecuador que impulsa el presidente Daniel Noboa plantea, entre otras cosas, aplicar a las universidades privadas que generan utilidades un impuesto a la renta que irá del 1 % al 2 % sobre el total de ingresos brutos, pero la medida no es vista con agrado por representantes de las instituciones educativas, quienes consideran que esto afectaría la reinversión en mejoras que año a año se realizan en ellas.
El documento enviado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional, con el carácter de urgente en materia económica y en el contexto de la crisis energética, contempla disposiciones reformatorias para la Ley de Régimen Tributario Interno.
Del lado de las instituciones educativas, Jorge Calderón, rector del Tecnológico Universitario Argos, no comparte lo que plantea el Gobierno y dice que es evidente la necesidad de recursos fiscales que existe, y “que se acrecienta con la baja en la recaudación tributaria que se evidenciará en lo que va de 2024, derivado de la crisis energética y de seguridad”, que ponen en jaque a los negocios y en las ventas que generan.
Calderón manifestó que, de aprobarse este proyecto de ley, las instituciones de educación superior pagarán el impuesto a la renta a partir de 2025, es decir, formalmente en abril de 2026, y que para esto ellos, como instituciones, deben evaluar las contingencias a tomar ante esta situación si llega a darse.
“No comparto con la propuesta, pues por la misma condición de ser sin fines de lucro direccionamos los excedentes a la reinversión en mejoras tecnológicas, infraestructura, etc., buscando la mejora continua en nuestras instituciones. No están evaluando los efectos que tendría una medida así al restar reinversión en las instituciones”, menciona.
Gonzalo Mendieta, rector de la Universidad de las Américas (UDLA) y representante de las universidades privadas, mencionó que por el momento no harán declaraciones sobre el proyecto.
EL UNIVERSO consultó a otros representantes de las principales instituciones de educación superior privadas y mencionaron que están revisando el proyecto para emitir algún pronunciamiento.
En tanto, el proyecto dispone “refórmese en la Ley de Régimen Tributario Interno lo siguiente: Uno.- Sustitúyase el primer inciso del numeral 5 del artículo 9 por el siguiente: ‘Los de las instituciones de carácter privado sin fines de lucro legalmente constituidas, definidas como tales en el reglamento, siempre que sus bienes e ingresos se destinen a sus fines específicos y solamente en la parte que se invierta directamente en ellos. Esta exoneración no se extiende a las instituciones de carácter privado sin fines de lucro dedicadas a la educación superior ni a las universidades privadas‘”.
Asimismo que “a continuación del último inciso del artículo 37, agréguese lo siguiente: ‘Las universidades privadas están sujetas al impuesto a la renta en el Ecuador, que será el resultado de aplicar una tarifa que irá del 1 % al 2 % sobre el total de ingresos brutos, que de acuerdo con la normativa vigente no se encuentren exentos, y que será establecida por el presidente de la República a través de decreto ejecutivo. De no emitirse el respectivo decreto ejecutivo hasta el 31 de diciembre de cada año, la tarifa será del 1,5 % del total de ingresos gravados’”.
En el proyecto se menciona que “la base imponible está constituida por los ingresos brutos que no se encuentren exentos” y que “las universidades privadas estarán sujetas al impuesto a la renta en el Ecuador y gozarán de un crédito tributario que podrá compensarse con dicho impuesto equivalente al monto de becas otorgadas en cada ejercicio fiscal, a estudiantes graduados en colegios públicos o fiscomisionales, para el estudio de carreras de pregrado”.
“Este crédito tributario no podrá exceder del monto del impuesto causado y se generará solamente respecto de aquellas becas que sean adicionales a las que deban otorgarse de manera obligatoria por parte de dichas universidades según la normativa aplicable”, consta en el texto.
La Asamblea Nacional tiene 30 días para dar trámite a la propuesta legal, que previamente debe ser calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Argumentos del Gobierno
En tanto, la motivación del Ejecutivo para esta reforma es que las universidades, como instituciones educativas de alto nivel, han sido tradicionalmente consideradas entidades exentas de impuestos en muchos países con el argumento de que cumplen una función social esencial como la formación de profesionales, la promoción de la investigación y el fomento de la cultura; sin embargo, “en un contexto económico cambiante, las universidades que tengan utilidades o rendimientos deberían pagar impuestos, centrándose en cuatro razones clave como son la creciente comercialización de la educación superior, la desigualdad en el acceso, los beneficios fiscales que reciben y el uso de recursos públicos en la sostenibilidad de estas instituciones”.
El Gobierno sostiene que las universidades han adoptado prácticas empresariales, como la creación de programas de posgrado de alto costo, además de la implementación de estrategias de marketing agresivas y la obtención de ingresos por medio de patentes y derechos de propiedad intelectual.
Desde el Ejecutivo se asegura que, más que ser un impuesto al ingreso gravado, buscan que exista reinversión en los jóvenes para que puedan acceder a educación superior, lo que garantizará que el sistema educativo pueda financiarse de manera equitativa y brindar igualdad de oportunidades a todos los estudiantes.
Fuente: El Universo
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