Piden a Diana Atamaint prohibir el uso de imagenes de niños, niñas y adolescentes en campañas preelectorales

La consejera del Concejo Electoral Nacional, Elena Nájera Moreira, ha pedido desde el 4 de octubre del 2024  prohibir el uso de imágenes de niños, niñas y adolescentes en campañas electorales. Esta petición no ha obtenido respuestas.

Según la consejera, La Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 44 otorga al Estado, a la sociedad y a la familia la responsabilidad de promover prioritariamente el desarrollo

integral de niñas, niños y adolescentes, asegurando el ejercicio pleno de sus derechos bajo el principio del interés superior, que prevalece sobre cualquier otro. Además, el numeral 7
del artículo 46 de la norma constitucional, establece que, el Estado debe proteger a la niñez frente a mensajes que promuevan la violencia o la discriminación.

Añade que el Código de la Niñez y Adolescencia en el artículo 8, impone a las instituciones del Estado y a la sociedad en general la obligación de adoptar las medidas necesarias para
garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, lo cual incluye proteger su imagen en todo tipo de comunicación pública. El numeral 2 del artículo 52 de la norma ibidem, prohíbe de manera expresa la utilización de niñas, niños y adolescentes en campañas políticas.

Además, la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del EcuadorCódigo de la Democracia en el numeral 7 del artículo 278 establece que, “Realizar actos de campaña anticipada o precampaña electoral”, es una infracción electoral grave sancionada con multas que van, desde los once salarios básicos unificados hasta los veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años. De igual manera, los numerales 1 y 7 del artículo 331 de la norma electoral, determina la
obligación de las organizaciones políticas de abstenerse de usar en sus propagandas cualquier expresión que discrimine o afecte la dignidad de las personas.

Dentro del documento, la consejera explicó que como el país atraviesa una coyuntura electoral marcada por el cierre de la inscripción de las candidaturas a las distintas dignidades y una precampaña y campaña electoral con amplia presencia en las redes sociales, solicitó que en un plazo de 48 horas, se respondiera las siguientes preguntas:

  • ¿Qué acciones ha tomado su administración para que se cumpla con la prohibición
    del uso de imágenes de niñas, niños y adolescentes en actividades proselitistas de las
    organizaciones políticas y sus candidatos en estas “Elecciones Generales 2025”?
  • ¿De existir acciones de prevención, control, seguimiento y sanción, estas incluirán el
    monitoreo de la precampaña y campaña electoral en las redes sociales de las y los
    candidatos para que se cumpla con esta prohibición?
  • ¿El CNE dará apertura a la ciudadanía para que se denuncie cualquier vulneración de
    estos derechos ante las instancias competentes?

Estas preguntas no fueron contestadas en el plazo, según la conssejera, y pide que se hagan talleres y charlas de sensibilización con los dirigentes y candidatos de las organizaciones políticas; y, por intermedio de la Coordinación Nacional de Desarrollo de Productos Informativos y Servicios Electorales, se desarrollen campañas informativas en las redes sociales institucionales y en los medios de comunicación tradicionales y digitales, con el fin de que, los sujetos políticos conozcan sobre esta prohibición, el trabajo de control del CNE y las respectivas sanciones para quienes incumplan con la Ley.  (EC)

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