La Junta de Política y Regulación Monetaria ordenó desde 4 de septiembre de 2024 que todas las personas jurídicas y naturales con Registro Único de Contribuyentes (RUC) deben contar con “al menos un medio de pago electrónico o billetera móvil de su elección”.
Esos medios deberán ponerlos a disposición de sus clientes para efectuar transacciones, dice la disposición general tercera de la resolución de la Junta. Para facilitar el uso de medios de pago electrónicos, los locales requieren contar con canales de pago electrónico; por ejemplo, con un punto de venta (POS, por su denominación en inglés), para transacciones con tarjetas de débito o crédito.
El principal medio de pago electrónico usado en el país son las transferencias bancarias, según el Banco Central. Es decir, que según la Junta, los negocios deberían facilitar una cuenta bancaria a sus clientes para realizar el pago de sus compras.
En 2023, se registraron en el país, un total de 228 millones de transferencias interbancarias, por un monto de USD 191.205 millones, según el Banco Central. Esto refleja un alza de 24% en número de operaciones y de 8% en monto, frente a 2022.
Crece el número de negocios que adopta botones digitales de pago
Otros medios de pago electrónicos usados en el país son las tarjetas de crédito, débito o prepago. En este caso, el comercio debe contar con un dispositivo denominado punto de venta o POS, por su nombre en inglés, para poder realizar la transacción. Esta sería otra opción para los negocios.
La Junta Monetaria también da la alternativa a los negocios de operar con billeteras electrónicas, las cuales permiten hacer transacciones entre usuarios, como transferencias y pago móvil, a través de una aplicación. Por medio de las billeteras, los comercios pueden realizar cobros a través de un código QR, que el cliente lee desde la ‘app’ en su celular.
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