Diego Matovelle presentó dos proyectos de ley en los temas desnutrición y consultas en procesos penales

El legislador por la provincia del Azuay, Diego Matovelle presentó dos proyectos de ley, uno que reforma la Ley Orgánica de Salud y otro sobre el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La primera reforma pretende incluir el reconocimiento del libre ejercicio de la nutrición de profesionales, con título de cuarto nivel en la materia para abolir la desnutrición infantil.

En este aspecto, propone que sea responsabilidad del Ministerio de Salud Pública, dictar en coordinación con otros organismos competentes, las políticas y normas para garantizar “el ejercicio de los profesionales relacionados con el área de la salud, bioquímica o afines con título universitario de tercer o cuarto nivel en el área de nutrición, así como,” la seguridad alimentaria y nutricional.

“Este vacío en la Ley Orgánica de Salud ha causado que la desnutrición crónica infantil en Ecuador sea un problema crítico que afecta al 20.1 % de los niños menores de 2 años, según la Encuesta Nacional sobre Desnutrición Infantil 2023”, explicó el legislador.

Entre tanto, el segundo proyecto de ley que reforma el COIP plantea que cuando se trate de un delito sancionado con pena privativa de libertad en el caso de los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias y testaferrismo; así como, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción y de más de quince años o a pedido del acusador particular, la o el fiscal elevará la abstención en consulta a la o al fiscal superior, para que la ratifique o revoque, en un plazo máximo de treinta días, lo que será puesto en conocimiento de la o el juzgador.

También propone que no se dictará auto de sobreseimiento en el caso de los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias y testaferrismo; así como, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción. Se elevará a la Corte Provincial para que se ratifique o revoque, en un plazo máximo de treinta días, lo que será puesto en conocimiento de la o el juzgador.

AM

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