Cuatro expolicías reciben una pena de 26 años de cárcel por la ‘detención y desaparición forzada’ de tres víctimas del caso González y Otros

De forma unánime, los expolicías Aurelio Chila, Rodrigo Cevallos, Orlando Villacrés y Érick Salinas fueron condenados a 26 años de cárcel al ser identificados como coautores de la detención y desaparición forzada de César Mata, Erwin Vivar y Johnny Gómez Balda, durante un operativo policial que se dio dentro de una farmacia en la ciudadela Alborada, en el norte de Guayaquil, el 19 de noviembre de 2003, caso conocido como González y Otros.

La sentencia oral se conoció la tarde de este lunes, 5 de agosto, a casi ocho años de ser llamados a juicio once expolicías procesados. El Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) a cargo del juzgamiento estuvo integrado por los jueces nacionales Felipe Córdova (ponente), Javier de la Cadena y Julio Inga.

Iván Saquicela fue quien en junio de 2017, como conjuez nacional, resolvió llamar a juicio, además de Chila, Cevallos, Villacrés y Salinas, a los también expolicías Fausto Flores, Eduardo González, Segundo Hernández, Darwin Suárez, Samuel Calderón, Darwin Condoy y Luis Cevallos. Al día de los hechos, diez de los investigados eran policías en servicio activo, mientras que solo Érick Salinas era en ese momento policía en servicio pasivo.

A los once se los acusa del delito de plagio cometido bajo la modalidad de desaparición forzada de personas, constitutiva de una grave violación a los derechos humanos. Saquicela decidió llamarlos a los once a juicio, argumentando que existían suficientes elementos de convicción de que un “grupo ilegítimo” participó en la detención y desaparición forzada de Mata, Vivar y Gómez Balda.

En la lista inicial de víctimas estaba Darwin Cañar, pero él no fue nombrado por Saquicela en su resolución, básicamente debido a que la fiscal general subrogante, Thania Moreno, no lo incluyó como víctima porque no tenía elementos para determinar que Cañar desapareció en la misma operación policial. Como parte de la investigación dada en este caso, uno de los que figuraban como desaparecido, Erwin Vivar, a inicios de 2016 fue localizado en Venezuela y rindió su testimonio anticipado en Ecuador. Este se convirtió en testigo protegido y rindió un testimonio, el cual es base para la acusación de la Fiscalía.

Entre otras cosas, el testigo protegido dijo que el 19 de noviembre de 2003 fue detenido y llevado a la Policía Judicial del Guayas junto con otros sospechosos. Ahí todos habrían sido interrogados y expuestos a “torturas físicas y psicológicas”, para luego ser arrojados al estero Salado, en Guayaquil. El relato de Vivar resaltó que para confirmar su muerte y la de Gómez Balda, los supuestos policías les habrían disparado una vez que los cuerpos estuvieron en el agua.

Vivar aparentemente logró sobrevivir porque se cubrió con el cuerpo moribundo de Gómez Balda y logró nadar hasta la orilla del estero, en el lado del suburbio oeste de Guayaquil.

“Este Tribunal determina que en razón de los elementos de prueba antes referido ha llegado al convencimiento, más allá de toda duda razonable, que luego de haberse ejecutado el operativo en la farmacia F., de la ciudad de Guayaquil, agentes de la Policía Nacional en servicio activo y de un expolicía privaron de la libertad a Edwin Vivar, Johnny Gómez Balda y César Mata, y luego la Policía Nacional negó la existencia de dicha privación de la libertad”, explicaron los jueces en su sentencia unánime.

Para el Tribunal de Juzgamiento en este caso existió un plan en razón de que un grupo policial al mando del mayor Rene González no intervino en la farmacia en cuestión de manera improvisada o al azar, sino más bien, dijeron, existió una planificación previa en la que, incluso, existieron exagentes policiales que se infiltraron en la banda criminal, permitiendo de esta forma al grupo policial planificar su actuación.

En cuanto a los roles de los investigados, el presidente de la Sala, el juez Felipe Córdova, refirió que de los hechos demostrados por la Fiscalía existió una distribución de roles, pues, reiteró, no es que cada uno de los agentes ejecutó personalmente la conducta nuclear del delito, sino que tuvo cada uno un rol que permitió que esta conducta pueda llevarse a cabo.

“Dichos roles tuvieron relación con la neutralización de las personas que estuvieron en el lugar de los hechos, la vigilancia externa del lugar, la incursión en la farmacia, la implantación de prueba, la modificación de señas, la restricción del acceso a terceras personas al escenario, el traslado de los detenidos en un vehículo. Además, cada una de estas funciones son relevantes para los efectos de la materialización de la desaparición forzada, pues sin ejecución de cada una de estas, el delito podría frustrarse”, sostuvo el juez ponente.

Además de la pena de cárcel, tanto Chila, Cevallos, Villacrés como Salinas deben aportar para la rehabilitación física y psicológica de la víctima Erwin Vivar, de su esposa y de su hijo, así como también de los familiares de César Mata y Jhonny Gómez Balda a quienes se les afectó su proyecto devida al desaparecer a su padre, hijo o esposo.

Fuente: El Universo

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