Andrés Madero decano de la Facultad de Derecho de la ECOTEC en diálogo con KCH FM y KCH TV manifestó que el actual Código de Trabajo permite la contratación eventual de trabajo y se lo realiza para atender mayor producción o mayor demanda en la fuerza laboral de una empresa, pero surge un problema que a partir del año 2014 se creó una especie de impuesto o recargo del 35% a quien utilice este contrato.
Madero confirmó que hoy en día el 1% de de los contratos registrados pertenecen a este tipo de contratación, por ejemplo si una persona que es contratada de manera eventual y percibe un sueldo de 1000 dólares por un espacio de tiempo al llegar otra persona a ocupar el mismo cargo automáticamente ganaría 1350 dólares por causa del recargo del 35%.
Este tipo de contrato a pesar de ser de naturaleza temporal evidentemente mantiene todos los derechos privados de la relación laboral, es decir una remuneración básica, décima tercera remuneración, décimo cuarto sueldo, la parte proporcional correspondiente a vacaciones, utilidades que se generen contemplados en el Código Laboral y la Ley de Seguridad Social, lo que se convierte en un tapón para seguir contratando bajo esta modalidad en cualquier empresa por este recargo del 35%.
Andrés Madero precisó que hay una situación en el orden laboral que tanto el empleador como el trabajador a los 19 años de labores se encuentran en un abismo o en el borde de un abismo de lo que se llama jubilación patronal y se considera un abismo porque menos del 3% de los trabajadores lo logran cruzar aunque los derechos del trabajador están consagrados se ha evidenciado que 97 de cada 100 trabajadores quedan fuera de la jubilación patronal y esto por falta de una proyección de costo para cubrir las pensiones jubilares.
Las pensiones jubilares estará proyectadas para toda la vida del jubilado y un año más para sus herederos subrayó Andrés Madero y es por eso que a los 19 años las empresas evitan pasar al año 20 de trabajo de cada uno de los afiliados debido a la falta de una proyección para sus respectivas pensiones jubilares.
El decano de la Facultad de Derecho de la ECOTEC, Andrés Madero puso de ejemplo cuando una persona se acoge a su jubilación y corresponde a realizar un cálculo de los 5 últimos años laborados multiplicados por el 5% del valor y dividido para un coeficiente de acuerdo a la edad que tuvo el trabajador al momento de jubilarse y recibirá una pensión que no sea el valor superior al sueldo que venía percibiendo.
Es importante que la ciudadanía lo conozca existe un organismo establecido en el Código de Trabajo y ratificado ab través de convenios internacionales por el Ecuador que se llama Consejo Nacional de Trabajo y Salarios , entidad que solo se la recuerda cuando existe un incremento de salarios y no solamente esa es su participación como tal si no que también puede presentar propuestas o reformas en materia laboral.
El Consejo Nacional de bajo está conformada por trabajadores, empleadores y el sector gubernamental encabezado por el ministro de Trabajo.
Es importante tener en claro que la primera condición que debe mantenerse para la fijación del salario es propender a un acuerdo entre el sector empresarial y el sector de trabajadores y de no darse este acuerdo le corresponderá al Gobierno a través del ministro de Trabajo fijar la remuneración básica y deben tomarse en cuenta los índices de inflación, del consumo y todo lo establecido en los organismos internacionales como en nuestro Código de Trabajo.
Ante la problemática que tienen los jóvenes hoy en día para integrarse al campo laboral Madero dijo que a través de la ECOTEC han mantenido un acercamiento con el sector empresarial y actualmente tienen un 90% de vinculación con los alumnos graduados ya insertados en la actividad laboral de manera transversal claro está de acuerdo a su capacitación alcanzada en la universidad.
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L.V