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Jueza constitucional Teresa Nuques será ponente en el pedido de Henry Kronfle sobre veto total del Ejecutivo

El presidente de la Asamblea ha dicho que objeción al Código Judicial “vino mal”, pues se lo puso como total cuando es por inconstitucionalidad.

La jueza Teresa Nuques será la encargada de elaborar el proyecto de dictamen respecto al pedido realizado por el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, para que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la objeción total que hizo el mandatario Daniel Noboa a las reformas al Código Orgánico de la Función Legislativa.

El Parlamento aprobó este proyecto el pasado 21 de mayo. Uno de los temas más polémicos fue la inclusión de un artículo en el cual se permite que los vocales del Consejo de la Judicatura con prisión preventiva o arresto domiciliario puedan solicitar licencia para defenderse.

Siete días después, Noboa vetó totalmente el proyecto basándose en cuatro artículos de la Constitución relacionados con las funciones y atribuciones del Consejo de la Judicatura, los requisitos para ser parte de este y los principios de la justicia y del sistema procesal (168, 169, 170 y 181).

“Este tipo de reformas deben ser construidas con la mayor participación y análisis de los actores de la Función Judicial, con la finalidad de no violentar la independencia judicial”, indicó el presidente.

El 30 de mayo siguiente, Konfle presentó un pedido a la CC para que se pronuncie sobre el veto total ya que, a su criterio, Noboa se está fundamentando en la inconstitucionalidad de varias normas aprobadas, es decir, lo que cabe es una objeción por inconstitucionalidad.

“En el texto (…) se citan cuatro artículos de la Constitución, y se sustenta exclusivamente en aquellos para determinar la objeción total; en este contexto, no se observa un análisis de ningún otro tipo y mucho menos se fundamenta la inconveniencia del proyecto de ley de la cual resulte la citada objeción, lo que genera confusión porque a claras luces, dicha objeción se está fundamentando en razones de inconstitucionalidad y no de otro aspecto, lo que se enmarca en el contenido del artículo 139 de la Constitución de la República del Ecuador. Como se explica en el párrafo ut supra, el presidente de la República se fundamenta en posibles vicios constitucionales para resolver la objeción total del proyecto, no obstante se refiere de forma general a “objeción total” sin determinar si es una objeción por inconveniencia o por inconstitucionalidad, más allá de que toda la motivación a la que se refiere es exclusivamente de índole constitucional, sin que se haga referencia a motivaciones de orden infraconstitucional o de inconveniencia”, señala el escrito.

Agrega: “Más confusa es la situación si observamos el segundo párrafo del Oficio n.º T.254-SGJ-24-0241 de 28 de mayo de 2024, que contiene la objeción total cuando dice: “(…) En ejercicio de las potestades conferidas por los artículos 137 y 138 de la Constitución de la República, notifico a usted y por su intermedio a la Asamblea Nacional la OBJECIÓN TOTAL a este proyecto de por las razones que se exponen a continuación (…)”, pues de manera inmediata en el documento indicado se procede a transcribir artículos de la Constitución de la República y a hacer anotaciones al respecto, pues nuevamente es evidente que la fundamentación sostenida por la Función Ejecutiva no es otra que la inconstitucionalidad. En este sentido, dada la fundamentación y la motivación empleada para esta “objeción total”, no podría escaparse esta del ámbito del artículo 139 de la Constitución y su procedimiento, solo a título de que, en la denominación y determinación de esta objeción, se haya omitido indicar que es por inconstitucionalidad, pues nuevamente basta con revisar el fondo del Oficio n.º T.254-SGJ-24-0241. Por esta razón es necesario que el máximo órgano jurisdiccional y de control constitucional, revise y se pronuncie al respecto…”.

El 4 de junio pasado, la Asamblea remitió un escrito a Nuques en el que expone los argumentos de su pedido.

En una rueda de prensa, el pasado 7 de junio, el viceministro de Gobierno, Esteban Torres, cuestionó que Kronfle haya enviado este pedido a la CC. “Si la Corte aceptara esa petición, regresaría el veto a la Asamblea Nacional sin que el presidente pueda hacer algo más”, reclamó él y agregó que la autoridad ha actuado a espaldas del pleno del Legislativo.

El presidente de la Asamblea le refutó: “¿Ahora resulta que la Asamblea Nacional no puede hacerle una consulta de inconstitucionalidad a la Corte Constitucional sobre un veto total, por ejemplo, a las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial?… El veto vino mal, dijeron que era por una cosa y vino con artículos constitucionales, es decir que vetó en el fondo por inconstitucionalidad, poniendo en el título cualquier otra cosa para darle otra figura”. (I)

Fuente: El Universo

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