En el año 2008 nació el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), bajo el argumento del entonces presidente Rafael Correa de que “obtenemos la seguridad de que los grandes empresarios del país o las personas de mayor posición económica, no saquen en grandes cantidades el dinero afuera del país, logrando de esta manera, que el dinero circule en nuestro país, y así no nos quedaríamos sin fluidez monetaria”.
El tributo arrancó con un una tarifa del 0,5%, pasó al 1% en el 2009, al 2% en el 2010 y saltó al 5% en el 2012. A finales del 2021, el expresidente Guillermo Lasso determinó una reducción gradual de 0,25% bajo un cronograma, hasta fijarse en 3,5% desde julio hasta finales del año pasado. Pero el nuevo Mandatario, Daniel Noboa, logró la aprobación de su proyecto de Ley para enfrentar el conflicto armado interno, que regresa la tarifa del ISD al 5%. Eso, permitirá la recaudación de alrededor de $ 240 millones adicionales al fisco.
Pero, ¿cuál es el efecto para el consumidor?
El Servicio de Rentas Internas (SRI) establece que el pago del impuesto está dirigido a todos quienes realizan transferencias, envíos o traslado de divisas (dólares) que se efectúen al exterior, sea en efectivo o a través del giro de cheques, transferencias, retiros o pagos de cualquier naturaleza”. En lo referente a las actividades más utilizadas por las personas naturales, el impacto se sentirá principalmente en lo referente a: utilización de tarjetas de crédito/débito, envío de remesas y dinero en viajes.
- Más pago por consumos externos
Los ciudadanos que acostumbran a realizar compras en el exterior deberán ajustar sus presupuestos. ¡A pagar más desde este mes!
En el caso del uso de tarjetas, los pagos del ISD empiezan a contabilizarse a partir del consumo de bienes o servicios superiores a $ 5.109,79 anual. Es decir, si una persona que utiliza frecuentemente su plástico para realizar compras en el exterior y supera esa cifra, empezará a tributar el 5% sobre ese excedente.
Por ejemplo, si luego de superar ese umbral, hace una compra de $ 100, pagará $ 5. Hay que aclarar que, en el caso de que los consumos que se hagan desde el país (online, apps u otras plataformas extranjeras), se pagará a partir de que supere los $ 1.380.
- Viajes y dinero en efectivo
Por otra parte, al analizar el presupuesto para un viaje fuera del país, el ciudadano debe considerar que, en caso de sacar efectivo por más de $1.380, deberá tributar todo lo que exceda a ese monto. O sea, si llevara 1.480, por ejemplo, deberá pagar el 5% sobre los $ 100 que supera la base, esto es $5. Esto también aplica para los ciudadanos extranjeros que salen del país.
- Remesas
En el caso de las remesas, que el año pasado superaron los $ 5.000 millones, la autoridad tributaria establece que no se pagará el ISD siempre que no supere los $ 1.380 por periodo quincenal. Así, si un compatriota enviara $ 1.480, deberá cancelar $ 5 por concepto de este impuesto.
- Estudios
Cabe señalar, por último, que entre una serie de exenciones al pago del ISD consta el referente a personas que estudian en el extranjero (podrán portar o transferir exento del tributo hasta una cantidad equivalente a los costos relacionados y cobrados directamente por la institución educativa) y a personas que padecen enfermedades catastróficas, raras o huérfanas que porten o transfieran divisas por el costo total de la atención médica derivada de dicha enfermedad. En ambos casos, se requiere cumplir una serie de requisitos contemplados por el SRI.
En los próximos días se prevé la publicación de la Ley para enfrentar el conflicto armado interno en el Registro Oficial. Cuando esto suceda, el incremento del 5 % del ISD será de forma automática.